Lo que nos espera al cierre del 2012 y lo que viene en 2013 por @ortegayasoc

por chamlaty

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C.P.C. y M.I. Ramón Ortega Díaz
@ortegayasoc

“Los grandes conocimientos engendran las grandes dudas” – Aristóteles

Estimados, nuestra profesión es de las más exigentes debido a los cambios políticos-económicos-sociales que impactan en lo fiscal y contable, así como los cambios derivados del constante entorno global en la que nos encontramos, teniendo repercusiones que impactan en nuevas normatividades y procesos que, como sabemos, es necesario mantenerse actualizado.

En el presente artículo tocaremos ciertos temas que tenemos que tener en cuenta en nuestro mundo de hoy para irnos preparando al día de mañana, ya que la actualización es un elemento importante en nuestra profesión (por no decir indispensable) y nuestras federadas deben irlo considerando en su plan de capacitación. Comentemos primeramente los contables:

Normas de Información Financiera (NIF).- El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de las Normas de Información Financiera (CINIF); actualmente Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. emitió normatividad de gran impacto en el 2011; como el de la NIF C-4 donde se eliminó el costeo directo como un sistema de valuación y el método de ultimas entradas primeras salidas (UEPS); así como también se publicaron la NIF C-5 pagos anticipados, NIF C-6 Propiedades, plantas y equipos y la NIF C-18 Obligaciones asociadas con el retiro de propiedades, planta y equipo. En 2012 tuvimos las NIF´s B-3 “Estado de Resultados Integral” y B-4 “Estado de Cambios en el Capital Contable” las cuáles entran en vigor en el 2013, así como varias Mejoras a las NIF´s. En este cierre de año es importante difundir la normatividad aplicable debido a que en el 2013 viene nueva normatividad: NIF C-14 “Transferencia y baja de activos financieros”; NIF C-7 “Asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes”; NIF B-12 “Compensación de activos financieros y pasivos financieros”; NIF C-21 “Acuerdos conjuntos”; NIF B-6 “Estado de situación financiera”, NIF C-2 “Inversión en instrumentos financieros negociables”; NIF C-10 “Instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura”; NIF C-11 “Capital Contable”; NIF C-15 “Deterioro en el valor de los activos de larga duración”; NIF B-11 “Disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas”; NIF C-16 “Costo amortizado y deterioro de instrumentos financieros”; NIF C-17 “Propiedades de inversión”; NIF C-19 “Cuentas, préstamos y otros pasivos financieros por pagar”; NIF C-21 “Acuerdos con inversiones conjuntas”; NIF C-3 “Cuentas por cobrar”; NIF C-20 “Documentos, préstamos y otros instrumentos financieros por cobrar”; NIF E-3 “Contratos de construcción”; y finalmente tendremos la NIF D-1 “Ingresos”. Todo lo anterior, independientemente de que se siguen adecuando las normas contables actuales en virtud de la convergencia internacional con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s o por sus siglas en inglés IFRS) y sus correspondiente mejoras a la norma. Por último, recordemos que a partir de este año 2012 se requiere a las entidades que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) adoptar de manera integral las IFRS para emitir sus estados financieros.

Normas Internacionales de Auditoría (NIA´s).- debido a la adopción de las NIA´s (o ISA´s por sus siglas en inglés) en 2010 se aprobó tal aplicable para los ejercicios contables que inicien el 1º de enero del 2012. Por lo tanto, las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA´s) – vigentes hasta el 31 de diciembre del 2011 – emitidas por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) quedarán abrogadas el 1 de enero del 2013. Por lo que actualmente nos encontramos aplicando las NIA´s aunque podríamos decir que estamos en el periodo de transición de cambios de normas. Así como a nivel internacional, el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés) emite su plan a tres años, en el cual indica que va a dar énfasis a la estabilidad global, adaptando las normas de auditoría y aseguramiento a condiciones globales y va a seguir promoviendo la adopción global de dichas normas. Por lo que:

· Todos los trabajos de auditoría, correspondientes a ejercicios contables que se inicien a partir del 1 de enero de 2012, se desarrollarán con base en las ISA.

· Aquellas auditorías correspondientes a ejercicios contables irregulares que abarquen un periodo comprendido entre 2011 y 2012, continuarán aplicando las Normas de Auditoría.

· Todas las auditorías de estados financieros que inicien a partir del 1 de enero de 2013, correspondientes a ejercicios contables que hayan iniciado con anterioridad al1 de enero de 2012, se deben realizar de conformidad con las ISA.

· En aquellos casos en que los estados financieros previamente auditados conforme a las Normas de Auditoría sean remitidos, reformulados o se emitan conforme a un marco de referencia de información financiera diferente, podrán seguir siendo auditados conforme a dichas normas sin aplicar obligatoriamente las Normas Internacionales de Auditoría.

Por lo que se seguirá al tanto de los cambios en tal normatividad. La CONAA ha puesto un material como parte de la difusión de la nueva normatividad http://www.imcp.org.mx/spip.php?article5218 así como un documento con los principales cambios http://www.imcp.org.mx/IMG/pdf/CONAA_-_principales_diferencias_entre_MEX_GAAS_y_NIAS_-_2012_final.pdf

Norma de Control de Calidad (NCC).- como saben, cada año las Firmas (sean personas físicas o morales) deben de cumplir con la Manifestación de Cumplimiento de la Norma de Revisión del Sistema de Control de Calidad Aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que Desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y otros Servicios Relacionados (NRCC) de haber cumplido con la normatividad emitida. Conforme al Folio 31/2011-2012 del IMCP se amplió el plazo para su presentación hasta el 31 de julio del 2012 (por la manifestación del ejercicio 2011). La página para presentar la manifestación, es nrcc.imcp.org.mx en la que deberán bajar el archivo de la manifestación, firmarlo y escanear en formato PDF, para posteriormente, adjuntarlo en la solicitud de la manifestación. La forma de presentación se podrá dar en los siguientes tres casos:

a) Si la Firma ya se encuentra registrada.

b) Si la Firma no se registró en el ejercicio anterior al Padrón.

c) Si ya se encuentra registrada la Firma, pero ha tenido cambios en la misma.

Dentro de las novedades relacionadas a la Norma, se tiene la publicación del libro de Control de Calidad, el cuál contendrá un ejemplo de como las firmas podrán implementar o adecuar su sistema de control de calidad; ya que recordemos que este año se tuvieron revisiones a Firmas en relación con su sistema, y al cierre de este año, se tendrá la capacitación a los equipos revisores de cada Federada debido a que ya se iniciarán las revisiones integrales (no solo al sistema de control de calidad); por lo que les recordamos que conforme a la norma actual, las Firmas deben de cumplir (adicionalmente de la Norma de Control de Calidad) con lo establecido en la Norma de Auditoría 3020 (NIA 220) y ya deben de contar con su manual de Control de Calidad; esto debido a que se inician las revisiones del sistema de control de calidad y de papeles de trabajo para las Firmas seleccionadas, al cumplir cualquiera de las condiciones y conforme al calendario siguiente:

Año

Número de socios de la firma

Número de oficinas de la firma

2012

10 o más

5 o más

2013

5 o más

3 o más

2014

2 o más

2 o más

2015

1

1

Así como también ya se tiene listo para su publicación el “Reglamento para la preparación de informes como resultado de las revisiones de control de calidad” que es lo relativo a los informes que deben emitir los equipos revisores derivado de la revisión de Control de Calidad a las Firmas y se tiene disponible para las pequeñas y medianas firmas de auditoría la 3ª edición de la guía de control de calidad de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) en el cuál se pueden basar las Firmas para el cumplimento de la norma de calidad, la cual está disponible en el siguiente link.

 

Normas de Información Financiera Gubernamental (NIFG´s) y Armonización Contable.- derivado de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de Contabilidad) expedida el 31 de diciembre del 2008 y coordinado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales, los cuales culminan el periodo de aplicación en este 2012 – entidades federativas y municipios – ; por lo que ya deben de estar operando bajo la nueva normatividad. Debemos recordar que el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (MCCG) debe también adecuarse de los cambios de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB). Se tiene una gran problemática que enfrentar debido a que en México, se cuentan con 2441 municipios de los cuales 1686 (70%) cuentan con menos de 25 mil habitantes, por lo que el aspecto de capacitación y tecnología se vuelven limitantes a resolver; derivado de las diversas situaciones que dificultan su implementación, el IMCP ha exhortado a todas sus Federadas (Folio 14/2011-2102) para que se integren en los Consejos de Armonización Contable de la Entidad Federativa a la que pertenecen. En el caso del Estado de Veracruz, los tres Colegios (Veracruz, Xalapa y Coatzacoalcos) hemos estado participando en el Consejo Veracruzano de Armonización Contable (COVAC) así como difundiendo todo lo relacionado a la nueva armonización contable.

Código de ética.- Como resultado del proceso de adaptación/adopción de las nuevas normatividades globales, (NIA´s) se acordó llevar a cabo una revisión integral del actual Código de Ética Profesional, el cual ha estado en vigor desde febrero de 2009 para alinear en lo fundamental su contenido con el Código de Ética internacional emitido por IFAC en junio de 2009 y que entró en vigor el 1 de enero de 2011. Como resultado de lo anterior, se tomó la decisión de preparar un nuevo Código de Ética Profesional, tomando como base una traducción del código internacional realizada en el IMCP.

Esto es en cuanto a normatividad contable; en cambios fiscales tenemos entre otros:

Declaraciones y Pagos (DyP) pagos referenciados.- en este ejercicio 2012 ya se incorporaron las personas morales para lo correspondiente a sus pagos provisionales y definitivos, sin embargo hay contribuyentes que siguen realizando sus pagos en el esquema anterior (NEPE); por lo que es necesario difundir esta nueva forma de presentación. La dificultad que se acerca es que a partir de septiembre de este año ya se incorporan a las personas físicas – con las limitaciones que ya conocemos de este sector de contribuyentes – que hayan obtenido ingresos superiores a 1 millón (obligados) o que opten por el DyP y sería aplicable para sus obligaciones a partir de agosto del 2012 que deben de cumplir en septiembre; solamente que los que opten por no podrán cambiarla durante el ejercicio fiscal.

Reformas fiscales.- por el cambio de gobierno, debemos de estar atentos a los cambios tributarios que se proponen realizar, debido a que es una de las prioridades donde se busca ampliar la base tributaria y se simplifique el sistema fiscal. Podríamos estar ante la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) o su adecuación definitiva al Impuesto Sobre la Renta (ISR), continuar con el descenso de la tasa general del ISR para los próximos años, modificación a la Tasa General del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16% (incremento) o eliminación gradual de la tasa 0%, ampliación a la base y tasa del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), un ajuste a los porcentajes del Impuesto Especial a los Productos y Servicios (IESPS); veremos si se logra una reforma fiscal integral.

Cuenta tributaria.- se busca que en el último trimestre del 2012, que el contribuyente tenga pleno conocimiento de sus obligaciones a través de esta figura, el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberará esta nueva plataforma tecnológica; de la cual se tendrá el historial completo, como va con sus pagos, declaraciones, etc. Por lo que la Firma Electrónica será una pieza importante para esta plataforma y sobre todo, para el siguiente y último punto.

Facturas electrónicas.- hay mucho desconocimiento sobre el tema dado que muchos contribuyentes no han incorporado los nuevos requisitos a sus comprobantes y el punto más importante: al 31 de diciembre del 2012 se vencen los comprobantes de imprenta. Por lo que se espera un gran cambio en este sector de contribuyentes por este periodo de transición al tratar de implementar la factura electrónica, ya sea mediante los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) o Código de Barras Bidimensional (CBB) siendo éstos últimos los más susceptibles de falsificar. Los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD´s) prácticamente están por desaparecer, por lo que es necesario ir migrando a los CFDI´s y que el contribuyente ya se esté acostumbrando a respaldar sus .xml. Aunado a las reformas del Código Fiscal de la Federación (CFF) en lo referente a todo el articulado del 29, se tienen las adecuaciones vía resolución miscelánea; como por ejemplo tenemos los aplicables a los nuevos comprobantes del 1º de julio del 2012 (por nuevos, nos referimos a la versión de acuerdo a la publicación de la Resolución Miscelánea para 2012 publicada el 28 de diciembre del 2011 ya que de acorde al artículo décimo octavo transitorio se da la “prórroga” de los 6 meses a las reformas del CFF), como por ejemplo:

REQUISITOS ELIMINADOS

REQUISITOS NUEVOS

Nombre, denominación o razón social

Forma de pago

Domicilio Fiscal

Unidad de medida

Efectos fiscales al pago

Régimen fiscal

El 7 de junio del 2012 se publicaron en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 algunas facilidades para cumplir con estos nuevos requisitos, como leyendas del “no aplica” y “no identificado” (Ver reglas I.2.7.1.3, I.2.7.1.5 y I.2.7.1.12)

Como verán, se aproximan muchos cambios (en algunos casos, ya los tenemos) y es necesario adecuarnos a los mismos e irnos preparando, independientemente de los legales (ley de lavado de dinero, cambios ley de mercados, nueva legislación laboral, etc.) por lo que es necesario que nos acerquemos a nuestro Instituto y hagamos llegar todos estos cambios mediante la difusión por parte de nuestras Federadas hacia la comunidad.

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