Es una asociación de productores agrícolas y/o ganaderos o de personas con nacionalidad mexicana que tengan su residencia en el medio rural, que tienen por objeto ofrecer protección mutualista y solidaria a sus socios a través de operaciones de seguros y coaseguros.
Las coberturas que puede ofrecer se sujetan a lo siguiente:
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En las operaciones de daños, al ramo agrícola y de animales y a aquellos ramos que específicamente registre ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el aseguramiento de los bienes conexos a la actividad agropecuaria y rural.
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En operaciones de vida, a coberturas con sumas aseguradas limitadas para atender esquemas de saldo deudor y de vida para familias campesinas, y
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En las operaciones de accidentes y enfermedades de sus socios, el ramo de accidentes personales.
Para el caso de las operaciones de vida, las coberturas deberán practicarse por Fondos de Aseguramiento exclusivamente constituidos para este efecto.
Para que el Fondo opere los seguros agropecuarios es importante que su personal conozca los productos, las normas de operación, así como los principales riesgos que inciden en la producción:
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Condiciones climáticas.
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Aspectos fitosanitarios y zoosanitarios.
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Tecnologías de producción de cultivos y especies ganaderas.
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Disponibilidad de agua.
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Comercialización.
Estos fondos son normados principalmente por la LEY DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO Y RURAL
MARCO JURÍDICO:
•EL MARCO JURÍDICO SE SUSTENTA EN LAS SIGUIENTES LEYES Y NORMAS:
•LEY DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIOS Y RURAL.
•LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE
SEGUROS.
•LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
•NORMAS OPERATIVAS DE AGROASEMEX PARA LA CONTRATACIÓN DE
REASEGURO.
•ESTATUTOS Y REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO DE ASEGURAMIENTO.AUTOGESTIÓN DE ASEGURAMIENTO.
•AUTOVIGILANCIA DE LOS SOCIOS.
•AGILIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
•CON RECURSOS DE REMANENTES LOGRAR SU CAPITALIZACIÓN.
Sobre el sistema contable SIOF y CATALOGO de cuentas lo comentamos en otra entrada.