Que siempre no se DEROGA el 32-A CFF, pero OPCIONAL bajo condiciones…

por chamlaty

PAQUETE ECONOMICO 2014 8/09/2013

QUE CONCLUYERON LOS DIPUTADOS Y ACTUALIZACION 31/10/2013 REFORMAS ENVIADAS AL EJECUTIVO.

SIPRED

El dictamen fiscal como medio de fiscalización al servicio de la autoridad no ha cumplido el objetivo para el que fue creado. Lo demuestra el hecho de que el número de auditorías a contribuyentes dictaminados que ha concluido sin observaciones no supera en promedio 2% en los últimos 4 años, y que en 2011, del total de dictámenes emitidos, únicamente el 0.97% registró opinión con repercusión fiscal por parte del Contador Público Registrado; cifra que ha venido a la baja, pues en 2009 era de 1.17% y en 2005, de 2.0%.

Se propone eliminar la obligación que tienen los contribuyentes de dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, y se propone adicionar el artículo 32-H al Código Fiscal de la Federación para prever la obligación de los contribuyentes de presentar una declaración informativa sobre su situación fiscal, la cual deberá presentarse únicamente por aquellos que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria y que se encuentren contemplados en los supuestos que dicho artículo señale.

En relación con la sustitución de la obligación de dictaminar los estados financieros, se deroga además la relativa a presentar la declaratoria formulada por contador público tratándose de solicitudes de devolución de saldos a favor de impuesto al valor agregado.

Acerca de las operaciones de enajenación de acciones en las que se establecen ciertos beneficios siempre que se dictaminaran por contador público registrado, se propone sustituir dicho dictamen por la presentación de la declaración informativa del contribuyente, respecto de las operaciones de enajenación de acciones que al efecto se establezcan. En este mismo sentido, se estima conveniente señalar que el dictamen de enajenación de acciones se encuentra regulado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo que adicionalmente a la propuesta de reforma del Código Fiscal de la Federación se propone incluir reformas a dicha Ley, a fin de establecer un esquema de beneficios y obligaciones similar al previsto actualmente.

Con el objeto de facilitar la transición y evitar contingencias respecto de la obligación y efectos de presentar dictámenes, se propone establecer mediante disposiciones transitorias que a los dictámenes presentados en términos de la legislación fiscal vigente al 31 de diciembre de 2013, les serán aplicables las disposiciones vigentes hasta esa fecha.

Artículo 32-A. (Se deroga).

Artículo 32-H.

A más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate, los contribuyentes que a continuación se señalan, deberán presentar ante las autoridades fiscales, la declaración informativa sobre su situación fiscal que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria, a través de los medios y formatos que se señalen en dichas reglas.

I. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $644,599,005.00, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.

El monto de la cantidad establecida en el párrafo anterior se actualizará en el mes de enero de cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año al mes de diciembre del último año inmediato anterior a aquél por el cual se efectúe el cálculo, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A de este Código.

II. Las sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

III. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.

IV. Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.

V. Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero

DURO GOLPE  A DESPACHOS 100% DICTAMINADORES y algunos hablan de golpe a COLEGIOS DE CONTADORES PUBLICOS.

——————————–ACTUALIZACION 31/10/2012——-

PRIMERO QUE DIJERON LOS DIPUTADOS;

DIPUTADOSDICTAMEN

y FINALMENTE quedo de la siguiente manera;

dictamenfinal

dictamen2

Atentos al  52 y 52-A de CFF fueron reformados totalmente.

PUBLICADO LAS REFORMAS EN DOF 9/12/2013 

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25 Comentarios

jose 9 septiembre, 2013 - 8:53 AM

ahora tendra que haber mas clientes de contabilidades
slaudos

PPGuerra 10 septiembre, 2013 - 4:22 AM

El golfe fulminante al dictamen fiscal genera diversos comentarios algunos son:
1) Murió la gallina de los huevos de oro
2) La mato la ambición de algunos corruptos
3) No debes cerrar el cuartel de bomberos porque ya casi no hay incendios
4) Porque los empresarios no defienden las «bondades» del dictamen???
5) Trascendente lección para una actividad profesional o mal comprendida o anacrónica
Etc. Etc.
«Haiga sido como haiga sido», el caso es que ya ni llorar es bueno…

Javier 10 septiembre, 2013 - 9:29 AM

Eso significa que los que sean CPC y esten registrados ante el SAT, la prueba dura que pasaron para poderlo ser valio???

chamlaty 10 septiembre, 2013 - 10:55 AM

Sería como decir que estudiaste algo y aprobaste examen y que su única misión era una sola cosa lo cual no es la certificación o las diversas certificaciones son auto imposiciones que como Contadores no hemos señalado y acreditan nuestra constante preparación

Saludos

RODRIGO MARMOLEJO G 10 septiembre, 2013 - 9:38 AM

Y TODO EL RUIDO DE QUE DEBEMOS DE HOMOLOGAR TANTO LAS NORMAS DE AUDITORIA COMO LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA A NIVEL INTERNACIONAL?? QUE DEBEMOS DE CUMPLIR CON LA NORMA DE CONTROL DE CALIDAD?? SI DE POR SI ESTAMOS HACIENDO LE TRABAJO DE LOS AUDITORES DEL SAT Y CREO MEJOR QUE ELLOS, EN FIN.

SALUDOS

FRANCISCO CARBAJAL 10 septiembre, 2013 - 10:10 AM

DIFICIL PANORAMA PARA TODOS LOS DICTAMINADORES Y TODAS ESAS PERSONAS QUE BUSCAN UN EMPLEO EN UN DESPACHO CONTABLE…..

MOISES ALVAREZ PASCACIO 10 septiembre, 2013 - 10:22 AM

Entonces para que sirven los colegios si no defienden a sus agremiados

chamlaty 10 septiembre, 2013 - 10:57 AM

A unirse más somos muy pocos en las agrupaciones, muchos no colegiados

SAT 11 septiembre, 2013 - 8:33 PM

R.I.P. SIPRED?

Te equivocaste mi chavo

R.I.P. CONTADORES PUBLICOS

A llorar al panteón. y que sirva esto de lección:

«no pongas todos los huevos en una sola canasta»

Suerte

SAT 11 septiembre, 2013 - 9:13 PM

A partir del 2014, el uso que tendra el dictamen fiscal sera el siguiente:
http://tinyurl.com/DictamenFiscal

Laura Godos 11 septiembre, 2013 - 11:06 PM

No entiendo….no encuentro congruencia entre toooda la información que implica un dictamen fiscal, información tanto financiera como fiscal a detalle de las empresas, y que de repente ya no les interese tenerla a la mano??? O ya sólo resulta que porque ya tienen la información de la facturas que expedimos electrónicamente, entonces sólo eso es suficiente para poder evaluar la situación financiera y fiscal de una empresa o entidad??? claro, evaluarla arbitrariamente porque estamos de acuerdo que para que la ley fiscal realmente cumpla con los Principios Tributarios consignados en la Constitución, debe contemplar muchas vertientes que estamos de acuerdo, sólo los de nuestra profesión analizamos a profundidad……inclusive pienso, que con esta medida, se puede dar pie a mucho abuso de autoridad….sólo por facturar, ya van a querer cobrarme??? claro, por internet, cuando abra el buzón tributario…..y como resulta que ahora la contabilidad la debo subir por internet mes con mes, y claro, va a quedar perfecta a la primera, como ya todo es por medio electrónico, pues no hay pierde no??? creo sinceramente que en estos momentos el Contador Público Certificado tendría que adoptar el papel de mediador, pues a mi personal parecer quedan muchos cables volando……no será que ahora, como la contabilidad tiende a ser totalmente digitalizada, entonces precisamente se necesite alguien que sea el puente entre el contribuyente y la autoridad?? Porque, será que ya nadie se va a equivocar al capturar directamente en el internet?? o que en algún momento, las circunstancias y los criterios contables puedan cambiar de un ejercicio a otro, y que no exista alguien que lo revele en un informe?? Disculpen, pero no me cabe en la cabeza….

Ricardo Perez 12 septiembre, 2013 - 10:19 AM

Si ya no hay dictamen fiscal entonces no es tan necesario pertenecer a un colegio para obtener la norma de actualización, ni pagar las cuotas, ni pagar cursos lo que significa una baja en las finanzas de los colegios. Exhodo de contadores de sus colegios?

Ricardo Perez 12 septiembre, 2013 - 10:25 AM

Corrijo mi falta «exodo»

Ricardo Perez 12 septiembre, 2013 - 10:29 AM

Ahora si «éxodo»

Monica 12 septiembre, 2013 - 1:13 PM

Aquí el problema mayor va a ser para el contribuyente, el dictamen ya de por si era voluntario, por el decreto, aquí la autoridad lo que quiere es dejar al profesional fuera para hacer garras al empresario que no sabrá defenderse porque no sabe de criterios y entraran directos contra el contribuyente tronando a la empresa ya que a mas grande los errores serán exponenciales teniendo problemas muy muy graves, trabajo para el contador siempre habrá mientras exista fiscalización, lo siento por todas las empresas que no se dictaminen y tengan un contador de 3 pesos eso es un ahorro mal entendido así de fácil

MOISES ALVAREZ PASCACIO 12 septiembre, 2013 - 1:26 PM

LO QUE AUN NO HAN COMPRENDIDO LOS EMPRESARIOS ES QUE QUEDAN A MERCED DEL SAT, YA NO HABRA IMPEDIMENTO PARA QUE DIRECTAMENTE SEAN FISCALIZADOS.

TAN SIQUIERA HUBIERAN DEJADO OPTATIVO LO DEL DICTAMEN FISCAL.

Miguel 20 septiembre, 2013 - 12:16 PM

«El número de auditorías a contribuyentes dictaminados que ha concluido sin observaciones no supera en promedio 2%», la principal razón de este motivo, es que los contribuyentes por consejo del Contador preferían regularizarse voluntariamente antes de la presentación del Dictamen, así evitar tener cualquier tipo de circunstancia con la autoridad.

El SAT cree que con su facturación en línea, sus declaraciones informativas y su pago referenciado, tiene el poder fiscalizador en sus manos. No podría estar más equivocado, para alguien con experiencia es muy fácil darle la vuelta a sus «grandes métodos recaudadores».
9,451 empleados del SAT encargados de fiscalizar a 38.4 millones contribuyentes. El Contador les hacía su trabajo.

Es como si se quisiera retirar la seguridad pública del barrio en donde se consiguió abatir la delincuencia.

Falta de analisis profundo 22 septiembre, 2013 - 12:00 PM

Como toda la reforma fiscal son unos idiotas, yo dictamino y siempre consigno diferencias por seguridad de mis clientes, y siempre las pagan tarde o temprano deberian analizar la recaudación que el dictamen tiene y veran que bajara la recaudación…perp en fin escupen hacia arriba las autoridade, ineptas, (no me refiero a los que antienden en el sat esa gente si trabajan no como otras dependencias))Espero que siga vigente la opcion son unos idiotas……

Imcp y colegiados hagan sentir sus peticiones….saludos

ROSARIO TEPA CANTO 4 octubre, 2013 - 3:30 PM

A DONDE QUEDA TANTAS CERTIFICACIONES ,TANTA CAPACITACION ADIOS AL COLEGIO DE CONTADORES A NIVEL NACIONAL.

carlos abraham lopez dominguez 7 octubre, 2013 - 10:00 PM

se espera un daño patrimonial y familiar para nosotros los auditores externos que durante varios años hemos trabajado con capacitacion certificacion , certificacion por areas, norma de control de calidad.y ahora todo a la basura y que estamos haciendo los contadores nadie dice nada nuestros colegios en todo el pais se ven frios ante esta situacion no debemos permitirlo deberiamos manifestarnos en las dependencias gobierno en oficinas sat .para aclararles que la contaduria publica no es culpable de las placticas abusivas de los contribuyentes que tienen asesores y abogados fiscalistas que los asesoran para aplicar CIERTOS PRACTICAS no recomendables ellos los asesores y abogados deberian de ser sancionados no los auditores externos con el dictamen fiscal por lo que me dirijo a los diputados y senadores del pais que reconcideren esta situacion estamos de acuerdo a iniciar nuevas reglas para la credibilidad al dictamen como seria tope de auditoria por firma de auditores.

arturo chacon garcia 9 octubre, 2013 - 1:51 AM

Me parece bien los que llora son los dueños de las firmas que son los que realmente ganan con estos dictamenes ellos se que dan con la mayor parte y la migajas se las dan a los estudiantes que contratan para realizarlas a los cuales reciben un sueldo realmente ridiculo, explotacion total, pero se les acabo el corrido a estos explotadores, abusadores y aprovechados c.p.c., muy bien por el presidente peña y el secretario videgaray se sacaron un 10, en hora buena.

jose luis bernal 31 octubre, 2013 - 12:43 AM

diria un amigo camel nacif QUE ASQUEROSIDAD DE REFORMA FISCAL 2014. en mi despacho de puebla que todos me conocen mis alumnos les digo con esto voy a cerrar mi despacho de mas 38 años gracias enrique peña nieto.

Zulema Olguín Jácome 3 noviembre, 2013 - 9:51 PM

MIGUEL:
El empresario no se ha percatado de la importancia de la revisión secuencial, Sin embargo, si tengo clientes queriendo seguir dictaminándose por que quieren una opinión externa y un contrapeso a su departamento de contabilidad o asesor fiscal.
Considero que la autoridad evaluará esto en el año 2015 cuando vea la caída en la recaudación.
Saludos.

chamlaty 3 noviembre, 2013 - 11:40 PM

A ofrecerles el servicio desde luego externandole el apoyo al cliente sobre revisiones que pudiere estar sujeto.

JOEL ESTRADA VIÑE 27 diciembre, 2013 - 1:22 PM

ESE ES EL CAMBIO QUE DECIDIO EL PUEBLO MEXICANO ANTE TAL INCOMPETENCIA DEL PARTIDO POLITICO QUE NOS SUMERGIO POR DECADAS. AHORA A ESPERAR QUE CON EL PASO DEL TIEMPO REGRESE EL DICTAMEN YA QUE ERA EL MEJOR METODO FISCALIZADOR ANTE LAS ARBITRARIEDADES DE LA AUTORIDAD FISCAL. PERO OBVIO ELLAS NO LO DESEAN YA QUE ASI PODRAN HACER Y DESHACER AL CONTRIBUYENTE

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