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Como bien sabemos la futura mamá trabajadora goza de una serie de semanas previas y posteriores al nacimiento de su hijo, y en el caso de los padres no existía como tal un permiso obligatorio para apoyar en ese proceso inicial ante el nacimiento de un nuevo integrante de la familia, si bien en el sector gobierno esta…
6 Comentarios
Lo que yo pienso es que debe venir un cambio en la ley del IMSS para incluir ésta prestación dentro del Seguro de Enfermedades y Maternidad, para que sea el IMSS quien lo pague, ya que sea hombre o mujer contribuyen de igual manera en el pago de este seguro.
Saludo
QUIEN PAGARA DICHO SUELDO??
pues yo opino que como es el artículo 132 de la ley federal del trabajo, lo debe pagar el patrón.
QUE HIJOS SON LOS QUE SE RECONOCERAN PARA ESTE PERMISO???
yo opino que como no lo específica, pues son todos los que se tengan.
CON CUANTA ANTELACIÓN DEBE AVISAR EL TRABAJADOR AL PATRON DE DICHA SITUACION DE QUE VA A TENER UN HIJO??
opino que eso no lo indica la ley federal del trabajo,
sugeriría establecer una circular o de acuerdo a las politicas de la empresa, si debe avisarse del permiso
sugiero una semana antes.
LOS DIAS A DISFRUTARSE SERÁN A PARTIR DEL NACIMIENTO DEL HIJO O PODRAN SER POSTERIORES??
opino que tampoco lo especifica la ley asi que puede ser en el nacimiento o dias despues.
Saludos cordiales
QUIEN PAGARA DICHO SUELDO??
pues yo opino que como es el artículo 132 de la ley federal del trabajo, lo debe pagar el patrón.
QUE HIJOS SON LOS QUE SE RECONOCERAN PARA ESTE PERMISO???
yo opino que como no lo específica, pues son todos los que se tengan.
CON CUANTA ANTELACIÓN DEBE AVISAR EL TRABAJADOR AL PATRON DE DICHA SITUACION DE QUE VA A TENER UN HIJO??
opino que eso no lo indica la ley federal del trabajo,
sugeriría establecer una circular o de acuerdo a las politicas de la empresa, si debe avisarse del permiso
sugiero una semana antes.
LOS DIAS A DISFRUTARSE SERÁN A PARTIR DEL NACIMIENTO DEL HIJO O PODRAN SER POSTERIORES??
opino que tampoco lo especifica la ley asi que puede ser en el nacimiento o dias despues.
Saludos cordiales
Excelente cuestionamiento mi estimado master de las leyes tributarias. En este tema como bien lo comenta con la reforma laboral la mama puede recorrer sus semanas de incapacidad asi como el papa adquiere este beneficio de los 5 dias. Platicando con un medico del imss de aqui de Guadalajara me comentaba que actualmente no se estan recorriendo las incapacidades de la mama puesto que aunq en LFT ya se estipule, estan esperando la reforma del LSS o su reglamento, considero que de igual manera las empresas deben esperar esta reforma para saber la manera a proceder para otorgar los 5 dias, y por mientras esta se publique el patron asumir los sueldos. Por otra parte a mi me entra el siguiente cuestionamiento… en la realidad pocos trabajadores saben de este nuevo beneficio al ser papas, por lo tanto.. la empresa estaria obligada a informarle y otorgarle los 5 dias? o es responsabilidad del trabajador solicitarlos a la empresa? y en caso q no se solicitaran este perderia el beneficio.
salu2
Así es en el caso de las mamás hay otros supuestos que da oportunidad para otro breve entrada saludos
La adopción también es todo un tema…