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En el año 2018 con fecha 22 de diciembre de 2017 amanecimos con la resolución miscelánea para el año 2018, en ella encontramos varias sorpresas y facilidades como cada año, es así que nos encontramos la regla 2.8.1.8 dirigida como una facilidad a los arrendadores, que en esencia ya contábamos con ellas, pero la autoridad considero la necesidad de…
6 Comentarios
Gracias Maestro.
Viva la paz, yo sigo enviando DIOT mientras siga siendo permitido, cuando lo quiten o sea MI CONTABILIDAD la única opción, lo haré, mientras ni de chiste!
Casi al último, donde indica su artículo… «desde luego que prefiero 1000 veces…» quiso decir, «enviar DIOT a subirme a MI CONTABILIDAD»?
🙂
Saludos!!!
Cierto me emocioné jajajaja, gracias por la observación.
Jajaja suele pasar!
Y ya aproveché para agregar un punto final más, saludazos
Curiosamente a raíz de la RMF 2019, he escuchado que hay arrendadores que MIS CUENTAS no han podido elaborar CFDI, para lo cual sugiero envíen un caso en Mi Portal para que les habiliten el aplicativo, porque como bien menciona en su artículo, la opción sigue vigente…
Tengo la impresión que se les olvido ajustar eso en la regla, ya veremos que señalan la 4TA TRANSFORMACIÓN del SAT.