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Recordemos el artículo 48 de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO reformado en noviembre de 2012 que señala; Artículo 48. El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda…