Nuevo DyP simplificado para las Personas físicas; Declaraciones 2014.

por chamlaty

      8marzo2014

 

   Y cuando pensábamos que  surgiría un nuevo esquema de pagos para las personas físicas, que nos establecen el mismo sistema de DECLARACIONES Y PAGOS, el famoso DyP Pagos Referenciados.

   Su servidor accedió al sistema el domingo 9 de marzo 2014, y no visualice  cambios en el sistema, fue hasta el 10 de marzo 2014, que entro al sistema y observo que simplificaron por no decir eliminaron la diversa información que nos solicitaba el sistema DyP de manera detallada,  observemos la hoja del IVA a continuación;

ivaokj

  Como podemos observar en DETERMINACION DEL IMPUESTO, son 3 rubros;

IVA COBRADO

IVA PAGADO

E IVA QUE LE RETUVIERON.

Al irnos a la venta DETERMINACION DE PAGO nos ofrece los siguiente;

iva20142

  Llama la atención que no nos ofrece donde expresar el IVA A FAVOR DE PERIODOS ANTERIORES, lo cual ya esta generando varias controversias de donde acomodarlo, que si ponerlo como IVA  PAGADO y ya no tendríamos cantidad a cargo y manifestarlo en nuestros papeles de trabajo, ¿habrá sido olvido? o pensamos mal.

  Por lo que toca a actividad empresarial y profesional ahora el DyP arroja la siguiente ventana;

 avtividadempredarial

  Donde dejaron la posibilidad de señalar la aplicación de PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. 

  Así que al parecer sus formatos simplificados se referían a usar el mismo DyP pero más sencillo, seguramente con la firme intención de que cualquier mortal pueda llenarlo o bien que su sistema no se colapse tan seguido ante un llenado menos demandante de llenado en línea.  Aunque honestamente también considero que les gano el tiempo y ya no pudieron sacar a la luz otro sistema.

Por lo que corresponde a ARRENDAMIENTO tenemos la siguiente pantalla que no tuvo cambios;

arrendamiento

   Espero sus comentarios y opiniones, algunos señalan que lo mejor será esperar a que corrijan o modifiquen, sobre todo si desean aplicar saldos a favor de IVA o bien Perdidas Fiscales de Ejercicios anteriores.

   Y si les salen recargos y actualizaciones, ponerle cero es la solución ya que recuerden el plazo en tiempo no se si en forma con tanto cambio en esto de los formatos, vence el 31 de marzo de 2014, ya veremos nuevo ANTEPROYECTO o por fin se dignarán a publicar la 1RA MODIFICACION A LA RESOLUCION MISCELENEA.

   En otra entrada comentado sobre DyP y sus complementarias por la transición del esquema NEPE al Pago Referenciado.

Miguel Chamlaty.

www.sfai.chamlaty.com

Te podría interesar

11 Comentarios

lorena jimenez medina 11 marzo, 2014 - 10:43 PM

no se trataba de simplificar, con horror me encuentro que no puedo aplicar acreditamiento en este DyP a esperar que solución dan, que por las prisas no será la correcta.

Adolfo Vargas 12 marzo, 2014 - 11:28 AM

Acabo de enviar una declaracion y segun el SAT extendia el pago hasta el 31 de este mes y para empezar me calcula actualizacion y recargos (de una declaracion de PF de Enero), ya despues que la generé me pone fecha limite de pago 18 de Marzo pfff…

chamlaty 12 marzo, 2014 - 2:21 PM

a emitirlas pero ponle ceros en recargos y actualización por favpor

Adolfo Vargas 13 marzo, 2014 - 1:10 AM

gracias mi estimado

Berenice Caracas 12 marzo, 2014 - 1:06 PM

Hola contadior, asi es, lo interesante es que yo trate de declarar una fisica con actos exentos y gravados, pero en el DYP no aparacen los campos para realizar el prorrateo de IVA, por lo tanto quiero pensar que en iva pagado solo se pondria lo acreditable y el prorrateo solo seria contable :S
Saludos

Berenice Caracas 12 marzo, 2014 - 1:24 PM

CONTADOR COMPARTO EL CHAT CON LOS DEL SAT, EN RESPUESTA A NUESTRAS DUDAS:
Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
12:14 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:15 Orientación Fiscal, le atiende Karla Reyna, ¿en qué puedo ayudarle?
12:15 hola buen, dia, quisiera saber en que apartado del IVA en Declaraciones y Pagos, donde poner el acreditamiento.
12:15 ya que solo me da la opcion de compensar, y no la de acreditamiento
12:16 Es en el campo de acreditamiento.
12:16 no existe tal campo
12:16 Le solicitamos por favor que espere la actualización del sistema.
12:17 Tiene hasta el 31 de marzo.
12:17 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:17 si tampoco encuentro la opcion para hacer el prorrateo de iva cuando tengo actos exentos y gravados
12:18 ya que me solicita lo pagado y no lo acreditable
12:21 Le solicitamos por favor que espere la actualización del sistema.
12:21 Tiene hasta el 31 de marzo.
12:21 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:22 NO GRACIAS, ME QUEDA CLARO QUE TENGO QUE ESPERAR A QUE ACTUALIZEN EL SISTEMA

SALUDOS.
12:22 BUEN DIA

Adolfo Vargas 13 marzo, 2014 - 1:12 AM

Parece chiste pero es la realidad…o tambien la otra clasica cuando te dicen que vuelvas a intentar mas tarde o durante el dia…

Maria Perez 29 marzo, 2014 - 1:05 AM

Buenas noches Contador.

Que hacer…. para aplicar perdidas de ejerc. anteriores,en el mes de Enero…. en el chat me dijeron que las sumara al total de compras y gastos del periodo……pero que pasa en la siguiente declarcion de febrero esa diferencia de perdida que sume al gasto de ese periodo automaticamente me la va a jalar como decuccion anterior. es correcto?

me gustaria saber su comentario, ademas que puedo hacer?…

Gracias

chamlaty 30 marzo, 2014 - 9:10 AM

DEBEREMOS ir ajustando estimada al resultado que tengamos en nuestros papeles de trabajo, muy importante llevar dicho control para futuras aclaraciones ante la autoridad de llegar a requerirse.

saludos

sarai sanchez 24 julio, 2014 - 3:03 PM

A que se refiere contador con ajustarla???

chamlaty 25 julio, 2014 - 6:02 PM

QUE COMO NO TIENE muchos rubros que antes tenia tenemos que andarlo sumando en otros espacios a ello me refiero, saludos

Leave a Comment