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Con fecha 21 de marzo del 2012 publique una entrada sobre el porque ya no se presenta la información del IVA en la DECLARACION, dando como fundamento un decreto del 30 de junio de 2010, y los días siguientes que publican el decreto compilador de decretos y el fundamento queda en el artículo siguiente de dicho decreto; Artículo 3.3.…
4 Comentarios
Entiendo que si en un mes por algún motivo no se presenta a tiempo la DIOT, y la presento extemporáneamente, ya no puedo optar por esta facilidad.
Yo sé que nuestro deber es cumplir siempre en tiempo y forma, pero lamentablemente, no siempre (sino es que casi nunca) se puede ser tan religiosamente correcto jeje.
O estoy entendiendo mal?
Saludos.
El criterio que se ha mantenido es que aunque sea extemporánea se entiende que los liberan de dicha información
ENTONCES DE FORMA EXTEMPORÁNEA PUEDE SER EQUIVALENTE O IGUAL A EN TIEMPO Y FORMA. MÁS AUN CON EL CRITERIOA TAN EXTRICTO DE LA AUTORIDAD EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS…
Esa sería mi opinión