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Sobre la obligación de inscribir al RFC o solicitárseles el RFC a los trabajadores ya he comentando en anteriores artículos, ahora lo que deseo comentar es sobre la opción que por años se expreso en reglas misceláneas, que es la inscribirlos al RFC apoyados por el programa DIM, por el cual se realiza la informativa de sueldos y…
3 Comentarios
Mi estimado, Miguel buenos dia.. Como ves y cual sería su consecuencia al no inscribir a un trabajador.. Nominas no deducibles, todas!?? o unicamente el salario de ese empleado.? en mi opinion seria lo ultimo. que opinas mi estimado..
Por otra parte,lo que yo recomiendo, es que dentro de los documentos obligatorios para la contratación pidan la constancia en el RFC, y asi, confirmas si te aplica o no esta obligacion.
Incluso, logicamente, si el trabajador ya tuvo patrones anteriores pues naturalmente que debe estar inscrito y en todo caso podra darnos la constancia. jeje !bueno,esto en un mundo perfecto! !obviamente, habra excepciones!
De acuerdo a consulta con gente del SAT, la obligación existe a partir del 2013, por lo que la obligacion del 2012 quedara cubierta con la presentacion de la informativa de sueldos 2012.
Los fundamentos están expuestos y en efecto estamos en la transición pero que mejor que estuviera bien claro y no estuviéremos sujetos a estas incertidumbres Saludos