Las nuevas relaciones de trabajo que se proponen en la reforma laboral

por chamlaty

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Este mes la Cámara de Diputados debe modificar, discutir y aprobar o rechazar la iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo que el Presidente presentó como iniciativa preferente.

Dentro de las distintas propuestas que prevé esta iniciativa se incluyen tres nuevas formas de contratación: a prueba, de capacitación inicial y trabajo de temporada.

En los contratos a prueba se podrán celebrar contratos por seis meses o tiempo indeterminado con un periodo de prueba de 30 a 180 días, dependiendo del puesto, con el fin de que el patrón pueda verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita. En este periodo el trabajador gozará de salario y prestaciones.

Si al término del periodo de prueba el patrón no está satisfecho, como nlo dice la iniciativa “de no acreditar el trabajador que satisface los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar las labores”, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, lo que implica que no existe ninguna indemnización de por medio.

En el contrato para capacitación inicial, el trabajador se obliga a prestar sus servicios durante un periodo determinado, con el fin de adquirir los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado.

El contrato podrá ser de  tres meses o seis meses dependiendo del puesto a ocupar. Durante ese tiempo el trabajador sólo percibirá el salario sin derecho a prestaciones. Al término de la capacitación inicial, de no acreditar competencia el trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.

En estos dos casos los contratos deben constar por escrito o de lo contrario se considerarán por tiempo indeterminado, son improrrogables, se prohíbe aplicar estos contratos en la misma empresa o establecimiento al mismo trabajador o aplicar periodos de prueba o de capacitación en forma simultánea o sucesiva, en más de una ocasión.

En los contratos por temporada, se podrá contratar al trabajador por periodos discontinuos cuando la prestación de servicios no exija cubrir toda la semana, el mes o el año. En estos casos los derechos que los trabajadores generen serán proporcionales al tiempo trabajado en cada periodo.

La iniciativa regula relaciones laborales que de hecho se están presentando pero que resultan ilegales al no estar previstas en la ley, ya que contratos con estas características ya se celebran simulando contratos de obra o tiempo determinado, que inclusive son renovados con un tiempo de espera para que el trabajador no genere antigüedad.

Tal vez como se afirma este tipo de contratación generará más empleo, pero también tiene factores contraproducentes, especialmente en la seguridad social. Mientras una persona no tenga un empleo fijo y/o en su vida laboral celebre varios contratos a prueba y sobre todo de capacitación, no estará cotizando al sistema de seguridad social de forma continúa o adecuada, por lo que su acceso a una pensión se verá limitado ya que es posible que al final de su vida laboral no reúna las semanas de cotización suficientes para retirarse.

También es un hecho que el que los contratos a prueba o capacitación se conviertan en una relación laboral estable queda totalmente al arbitrio del patrón por que sólo el decide si un trabajador reúne los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo o si se acredita la competencia.

Esto a la larga podría provocar que las generaciones a las que les toque trabajar en estas condiciones vivirán una realidad distinta entrando y saliendo del mercado laboral y con una mínima protección, por lo que habrá que reforzar el hábito del ahorro y la previsión, a fin de que no se conviertan en una carga para la sociedad.

Excelente artículo de la página  www.miabogadoenlinea.net  dirigido por la Lic. María Bárbara Amaro Díaz, siganla en twitter @abogadoenlinea

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5 Comentarios

sergio andres lopez 21 septiembre, 2012 - 7:11 PM

me parece sumamente lesivo estas reformas al modo de contratacion, sin bien es cierto que hay trabajadores ventajosos que van de trabajo en trabajo desfalcando la economia de las empresas que los contratan cuando ellos en realidad lo unico que buscan es la resicion de su contrato y su indemnizacion de ley, tambien es cierto que habemos personas que ponemos toda nuestra capacidad para demostrar y contribuir a la economia; y de esta manera pagamos todos justos por pecadores, ojala y los diputados hagan bien su chamba y como clase trabajadora no nos dejen desprotegidos en nuestros derechos laborales.

RICARDO LEMUS GAONA 3 octubre, 2012 - 12:55 AM

No estoy de acuerdo con tú apreciación el IMSS tiene registrados 89 millones de afiliados más los trabajadores que estan fuera de la Ley; entonces son mínimas las personas que podrían estar «desfalcando» a las empresas exigiendo sus liquidaciones, ahora en la practica yo no conozco UNA SOLA empresa que haya «quebrado» o cerrado por un pago de despido JUSTIFICADO, y en la practica siendo tan largos los juicios laborales, casi siempre se llega a un arreglo de mes y medio o dos meses de sueldo y con los sueldos que se manejan en México que el promedio es de 80.00 x 45 días = $3,600.00 no creo se deteriore una empresa por muy pequeña que sea y el daño al trabajador es inmenso.

RICARDO LEMUS GAONA 3 octubre, 2012 - 12:50 AM

Si, este análisis es correcto, en ves de beneficiar al trabajador lo va a perjudicar, ya que NADIE va a tener una estabilidad laboral y se va a estar al «contentillo» del jefe o patrón, generando insertidumbre en el trabajador. Ahora no me cabe que el legislador señale contratos a prueba para ver si cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para el puesto de hasta 180 días, que el patrón es un idiota que no puede valorar en los 30 días que señala la actual Ley, o su sistema de selección esta muy pobre. Bueno son un sin fin de cosas negativas que se van a generar….y no va haber más empleo solamente se va a estar rotando con todos los trabajadores del gremio, por otro lado si no se modifica la Constitución Politica, seguiran siendo ilegales ya que quieren legalizar lo ilegal, en que país vivimos? si también tiene el autor del artículo «ya se vienen dando» pero con la diferencia de que ahorita se pueden demandar las injusticias y hacer valer la Ley.

Héctor Moreno N 3 octubre, 2012 - 9:43 AM

Solamente una respetuosa precisión. Si somos alrededor de 115 millones de mexicanos, la cifra de 89 millones afiliados al IMSS parece exagerada. Sería conveniente revisar el dato.

Jorge C.. 3 octubre, 2012 - 11:07 AM

yO ESTOY DE ACUERDO CON EL COMENTARIORIO ANTERIO CREO QUE 30 DIAS ES SUFICIENTE PARA QUE UN PATRON PUEDA DETERMINAR LA CAPACIDAD LABORAL DE UN TRABAJADOR Y NO LOS 180 QUE EN LO ACTUAL QUIREN PONER ESTO NO ES MAS QUE UNA ESTRATEGIA QUE VENEFIE MAS AL PATRON QUE AL TRABAJADOR YA COMO BIEN SABEMOS LA CLASE TRABAJADORA SIEMPRE ES LA MAS AFECTADA EN TODO LA EXTENCION DE LA PALABRA Y LOS RICOS SIGUEN SIENDO RICOS A VENEFICIO DE LOS TRABAJADORES YA QUE SIN LA CLASE TRABAJADORA ESTAS PERSONAS NO SERIAN NADA POR ESO EL PAIS SIGUE TENEINDO CADA DIA MAS POBRESA Y LA GENTE DE LA 3° EDAD MAS FREGADA POR NO TENER UNA PENSION DIGNA QUE LE PERMITA VIVIR SUS ULTIMOS AÑOS DE VIDA TRANQUILA.

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