2,2K
Con fecha 13 de marzo de 2014 publica el SAT la 1ra modificación a la RESOLUCION MISCELANEA 2014 de la cual nos llevamos una interesante sorpresa con la modificación de la regla I 2.7.5.3 que regula los tiempos para el timbrado de la NOMINA y que anteriormente dejaba entrever que teníamos un tiempo indefinido para ponernos a timbrar la nómina…
10 Comentarios
Completamente de acuerdo contigo Miguel, la autoridad viola el principio de reserva de ley, aparte de que no es lo mismo documentación comprobatoria que comprobante fiscal.
Como comentario adicional, el artículo 99 fracción III de la LISR, en específico en lo que se refiere a que se pueden utilizar los CFDI nóminas como constancias o recibo de pago para efectos de la legislación laboral, ¿no debe ser la propia legislación laboral la que lo determine?
ES CORRECTO JUAN CREO QUE AQUI la legislación fiscal quiso adelantarse a lo que seguramente ocurrirá.
Maestro Chamlaty
a unosdias de que se enca el plazo para timbrar y con el cambio que se realizo en la 1era modificacion de la resolucion miscelanea, debemos de trimbrar de Enero a MArzo a mas tardad el 31 de MArzo o hasta tres dias despues?
Y a los del RFI que no lo obligan a timbrar el primer timestre, se podrian timbrar en esta fechas, aunque no esten obligacos’
Saludos
seria 1 de abril estimado, si claro RIF PUEDE TIMBRARLO, porque ellos tienen el detalle de no timbran no podran pagar en efectivo.
Pero también está el hecho de que si los RIF no timbran, no podrán deducir esos gastos, pero al final esa deducción no tiene efecto en el bolsillo porque de todas formas tienen reducción del 100% del impuesto determinado, con o sin deducciones el efecto sigue siendo cero…… Saludos y excelente día……
SALUDOS ARELI, bueno ellosles quitan la obligación de timbrar es correcto, pero el detalle del pago en efectivo, pero a partir de 1 de abril ya deben timbrarse, ysi la reducción pero y la obligación como nos la quitamos, hay sanción por no timbrarlo es una obligación patronal cierto, saludos
Totalmente de acuerdo y como están las cosas si no encuentran por el lado de la deducción le encuentran por el lado de las multas, a estas gentes no se les va una….
[…] I 2.7.5.3, si aquella de la prórroga indefinida y que posteriormente se acomodo en que tenemos que timbrar las nóminas en 3 días hábiles posteriores al pago y que ahora sale con que podemos timbrarlas de manera mensual con independencia de que el periodo […]
[…] prórrogas indefinidas para la emisión del CFDI NÓMINA, al ajuste de 3 días y ahora por LEY DE INGRESOS 2015 que esta presentándose en el PLENO de la CAMARA DE […]
[…] Con fecha 27 de marzo de 2014 publica el artículo 3 días para timbrar la nómina, en donde exprese el cambio de tener una prórroga indefinida a tener solamente 3 días […]