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Nada impide que estando suspendidos nos notifiquen por buzón tributario, ya sea para bien o para mal. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN IX-CASR-PA-15 NOTIFICACIÓN POR BUZÓN TRIBUTARIO. PROCEDE AÚN Y CUANDO EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRE EN ESTATUS DE SUSPENDIDO, TRATÁNDOSE DEL PROCEDIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN QUE PRESUME LA INEXISTENCIA DE OPERACIONES.- El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación,…