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[1:20 p. m., 21/3/2024] Suscriptor 1: Si la generalidad de la empresa es un pago quincenal o mensual, si solamente trabajaron días por renuncia o finiquito, no aplicaría el subsidio por la generalidad, es una duda bastante genuina [1:22 p. m., 21/3/2024] Suscriptor 2: Coincido, la duda está en que de un mes a otro se disparó demasiado el ISR…