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De encontrarnos en una revisión por parte de las autoridades fiscales podemos recurrir a autocorregirnos en lugar de esperar a que la autoridad nos determine las diferencias y por ende las sanciones sean más fuertes, pero en el caso de una revisión de gabinete ¿podemos solicitarla en cualquier momento? observemos el siguiente criterio: CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIII-P-SS-484…