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Te revisa la autoridad fiscal ciertos meses con relación a ciertos impuestos, cierran la visita con o sin diferencias, pero después se les ocurre revisar el año completo, y que desde luego incluyen meses ya revisados anteriormente, y saltan los HECHOS DIFERENTES en todo caso para ello, acorde al 46 de CFF. Observemos el siguiente criterio CÓDIGO FISCAL DE LA…