¿Reversa en dividendos por no soportar la materialidad?

por chamlaty

  Esa materialidad cada vez va más lejos en los criterios jurisdiccionales.  R.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 30. Enero 2019. p. 684 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIII-P-2aS-404 IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- SI LA AUTORIDAD CUESTIONA LA MATERIALIDAD DE LA FUENTE DE LOS DIVIDENDOS, ENTONCES EL CONTRIBUYENTE DEBE PROBARLA SI PRETENDE LA DEVOLUCIÓN DEL TRIBUTO CORRESPONDIENTE.-  En términos del artículo…

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3 Comentarios

Areli Torres 6 septiembre, 2019 - 9:10 AM

Gracias Maestro…
Algo que no estoy entendiendo es:
El contribuyente no demostró qué tipo de servicio aportó a la sociedad distribuidora.
Eso cómo se demuestra? porque se distribuyen los dividendos (utilidades contables) que la sociedad genera y que el socio tiene derecho a percibir por el hecho de ser socio, que no? o dónde me perdí!?
De antemano, gracias!!
Saludazos!!!

chamlaty 6 septiembre, 2019 - 11:30 AM

Lo mismo pensé, tendré que meterme a ver la ejecutoria para ver el detalle, pero de seguro es alguna de esas sociedades que simula que eres socio. Lo revisamos.

Areli Torres 6 septiembre, 2019 - 11:34 AM

Si caray! Me dió vueltas ese dato jejeje

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