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En su momento la autoridad fiscal lanzó lo que pensamos sería algo muy similar a lo que ahora pretende sea «MI CONTABILIDAD», me refiero a «MIS CUENTAS» un sistema que supuestamente entendíamos iban a registrarse los CFDIs de manera automática y con ello cumplía diversas obligaciones por parte de los contribuyentes. La regla siguiente estuvo vigente a lo largo…
4 Comentarios
Muy buenas tardes Maestro, gracias por este artículo sobre Mis Cuentas; en su opinión, ¿un perceptor de honorarios persona física con ingresos menores a 2 MM pesos, que opta por declarar en Mi Contabilidad en vez de en Mis Cuentas, queda en el aire su exención de envío de contabilidad electrónica?
De antemano, gracias por su apreciable opinión, Maestro.
Estimado saludos, es eximido por estar obligado a MIS CUENTAS, y como sabemos ello te exime, por eso en otra regla te dicen bueno ven a MI CONTABILIDAD y aparte te quito la DIOT, quedo atento.
Entendido Maestro, la obligación del 110 relacionado con 112 de LISR, lleva a la regla de envío de contabilidad electrónica la cual exime directo a los obligados a registrar operaciones en Mis Cuentas, el cual señala la regla que sólo se registre aquello que no tenga CFDI.
ES CORRECTO¡¡¡
saludazos