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Recordemos lo que señala el artículo 132 de la Ley del Seguro social vigente; No se tendrá derecho a la pensión de viudez que establece el artículo anterior, en los siguientes casos: I.-Cuando la muerte del asegurado acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio; II.-Cuando hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los cincuenta y…