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Recordemos que la autoridad tiene 3 meses para resolvernos el recurso de revocación acorde al artículo 131 del CFF, que señala; La autoridad deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá de tres meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso. El silencio de la autoridad significará que se ha confirmado el acto…