Para aclarar lo del truncado y redondeo de centavos en el CFDI 3.3 usaremos la retención del IVA, en este caso sobre el uso o goce inmuebles que una persona moral le realiza a una personas física acorde al 1-A LIVA fracción II inciso a) y que por reglamento del IVA en su artículo 3 nos permite manejar las dos terceras partes como retención en lugar de que se retenga el total del IVA.
Observemos el siguiente video;
Todo lo anterior visualizado desde nuestro programa TODO CFDI.
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