Y surgen las prórrogas relacionadas con el CFDI 3.3 para 1/12/2017 y la cancelación CFDI para 2018.

por chamlaty

children-593313_640

Y el tiempo nuevamente nos gana para implementar la versión 3.3 del CFDI  y se permite su diferimiento convivencia de la versión 3.2. con la 3.3 hasta 1 de diciembre de 2017 así como el complemento para pagos, mientras que el esquema de cancelaciones iniciaría para enero 2018, seguiremos atentos a los cambios y ajustes a continuación el comunicado enviado por el GOBIERNO FEDERAL.

• Las facilidades son resultado de un diálogo intenso, cercano y abierto con el sector privado.
• La entrada en vigor de la nueva factura electrónica será opcional entre el 1º de julio y el 30 de noviembre.
• La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional en ese mismo lapso.

México es referente internacional en factura electrónica. Derivado del avance en la materia, el SAT gradualmente ha podido otorgar mejores servicios a los contribuyentes. Tan sólo en este año, gracias a estos avances, se han instrumentado dos herramientas que facilitan el pago de impuestos a nivel de vanguardia internacional: Mi Contabilidad y la Declaración Anual. La visión del SAT es seguir profundizando en la digitalización que redunde en un beneficio permanente para los contribuyentes.

Por ello, durante 2016 se inició un proceso de modernización de la factura que ha sido acompañado de un intenso, abierto y cercano diálogo con empresarios, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación, cámaras, etc., todos ellos actores clave en esta transformación. Ese diálogo permitirá garantizar que la modernización y simplificación de las obligaciones fiscales continúen de la mejor manera.

Por ello, atendiendo a los avances en los trabajos realizados por los contribuyentes en los últimos meses para implementar las mejoras en materia de facturación electrónica, el Servicio de Administración Tributaria informa:

1. Conforme a lo previsto, a partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.

2. A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.

3. La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017.

4. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.

5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades.

Asimismo, el SAT reconoce el esfuerzo de los contribuyentes en la primera fase de modernización de la factura electrónica, con la actualización de los recibos de nómina digitales la cual resultó exitosa y permitió eliminar la obligación de presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios. Cabe señalar que, cerca del 90% de los contribuyentes emisores han cumplido ya con la migración a la nueva versión.

Con estos cambios y la actitud comprometida de los contribuyentes, al favorecer el uso de la tecnología, se refrenda el liderazgo de México a nivel mundial en materia de factura electrónica.

FUENTE http://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_048?idiom=es

www.fiscalistas.mx 

Te podría interesar

4 Comentarios

Maria Perez 22 mayo, 2017 - 12:27 PM

Gracias Contador por la informacion.

Al elaborar un CFDI por pago de vacaciones, las vacaciones van incluidas en el concepto de Sueldos y salarios,
y la prima vacacional en su concepto correspondiente.

que es mas conveniente, hacer el CFDI en nomina ordinaria incluyendo ahi la prima vacacional, ó

hacer el CFDI en nomina extraordinaria,,, pero ahi nada mas llevaria la prima vacacional?

Le agradezco su ayuda

chamlaty 22 mayo, 2017 - 7:07 PM

SALUDOS MARÍA, no le veo problema lo hagas de una u otra forma, las dos son válidas, lo importante es recoger firmada la constancia del trabajador del disfrute de las vacaciones y del periodo que comprende.

Quedo a la orden, saludazos

Maria Perez 22 mayo, 2017 - 7:20 PM

Muy agradecida por sus siempre respuestas.

Gracias por su tiempo y atención

Saludos

chamlaty 22 mayo, 2017 - 7:28 PM

Siempre a la orden,saludos estimada

Leave a Comment