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Interesante recordar algunos supuestos y detalles derivado de pensiones que se están otorgando en base a la ley del seguro social de 1973, observemos el articulo siguiente de la ley en comento; Artículo 182. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del seguro obligatorio conservarán los derechos que tuvieren adquiridos a pensiones en los seguros de Invalidez, vejez, cesantía…