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Se publican las reglas misceláneas 2017 y sin duda hay una diversidad de detalles que analizar alrededor de los diversos temas que han surgido derivado de las reformas fiscales 2017, sin embargo, uno que me llama interesantemente por el seguimiento que le he dado al tema, es el relativo al tema de la CONTABILIDAD ELECTRÓNICA y el envío de los xmls.…
25 Comentarios
Buen día Maestro!!!
Lo que si es un hecho… Ya nos acostumbramos a procesar y enviar la contaE, esa prórroga es para los que todavía la siguen pensando, pero la elaboración ya es un hecho, si a caso solo se están salvando del envío. Yo de lleno ya trabajando con conta E, mi sistema me resultó sumamente eficiente y con ahorro de tiempo y dinero, así que ya le estoy viendo los beneficios. Aunque sigo pensando que es un exceso de la autoridad pedir tanta información, aunque mis clientes están amparados se que tarde o temprano fallarán en su contra.
Saludos y gracias!!!
Hola Areli,, Disculpa una pregunta ,, cual es tu sistema que utilizas para elaboracion de la contabilidad electronica?
gracias por tu ayuda.
Tambien es para usted contador la pregunta cual sistema recomienda?
Le agradezco su ayuda
Hasta este momento la verdad no hay a cual irle con esto de la contabilidad electrónica, generando catálogo y balanzas apoyado en excel, ya luego veremos las pólizas.
Saludos
Muy agradecida, contador
¿algún programa especial de excel que recomiende?
Le agradezco su ayuda.
El mismo que contiene el descarga masiva que promuevo, quedo a la orden.
gracias contador haremos uso de descarga masiva.
Mil gracias
Bendiciones
El que uso es Contadigital… Estoy muy contenta con el me ha ahorrado tiempo y dinero!!!!
Gracias Areli,
Ojala un dia pudieramos platicar
por lo pronto saludos!!!
y gracias por tu atención de igual manera para el contador.
Cuando gustes, estoy en FB Areli Torres….
Saludos!!!
Gracias Areli, por la invitación.
En cualquier oportunidad me comunico!!
Gracias , Dios te bendiga!
Buenas tardes.
Maestro Chamlaty, como comentaba eldia de ayer, la facilidad viene a estipular que unicamente se refiere al envio de la contabilidad del 1 Enero 2015 al 31 de Octubre 2016. Por lo que interrrogo, debemos enviar Noviembre 2016 ahora en Enero 2017 (ya sea dia 3 o dia ), ya que estos no viene en la facilidad?
Saludos
Es precisamente una de las cuestionantes,prefiero se cauteloso, porque esos meses y los demás no, seguiremos esperando, que sucede.
Buenas tardes.
Contador y para las personas fisicas con actividad empresarial del año 2013 ,2014 y 2015 sigue el limite de los 4 millones para utilizar mis cuentas? y que no hayan estado obligadas anteriormente?
Gracias por su ayuda
Sigue igual ello, estimada.
gracias contador.
Feliz año 2017, lleno de amor, paz y de prosperidad para usted y su familia,, Dios con ustedes!!
MUCHAS GRACIAS. POR SUS DESEOS, LO MEJOR IGUALMENTE PARA USTED ESTIMADA MARIA.
Hola Maestro!!!
Con una inquietud.
Contribuyente que en 2013 tuvo más de 7 millones de ingresos, por lo tanto obligado a enviar Conta E.
Pero a partir de 2014 a la fecha han bajado drásticamente sus ingresos al grado que de 2015 a 2017 son de $1,200,000 en promedio.
Se puede hacer algo para que no tenga que enviar la Conta E.
Se que la regla indica que si en 2013 o posteriores tuvo obligación, ella sigue.
Estuvo amparado contra el envío y le resolvieron en contra (obvio).
Gracias de antemano por sus comentarios.
Saludos!!!
Tristemente considero que ya quedo con dicha obligación, ahora recuerda que si sus ingresos no rebasan los 2millones siendo actividad empresarial o profesional se vuelve a ubicar en lo siguiente;
110 fracción II LISR.
Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, tratándose de personas físicas cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley.
Por cierto estoy en la actualización de la obra de CONTABILIDAD ELECTRÓNICA, y estaba por compartir los últimos criterios sobre el tema emitidos por la SCJN, y recordando que este tema para la autoridad sigue MUERTO¡¡¡¡¡
Precisamente por lo que comenta del 110-II LISR es que me surge la duda.
Porque si bien es cierto que estuvo obligado por haber rebasado los 4 millones, también es cierto que ya no rebasa, desde hace años, esa cantidad.
Por tal motivo, con presentar aviso de uso de mis cuentas quedaría relevado del envío?
Pues al presentar dicho aviso el SAT contesta que si me ubico en el supuesto del 2.8.1.19, puedo usar Mis cuentas, pero esa es la regla que precisamente indica que si en 2013 o posteriores tuve más de 4 millones, estoy obligado….
Complejo todo esto y más para un contribuyente que ya no debería enviar Conta E por el monto de sus ingresos. :/
Si no rebasa los 2 millones no tiene obligación de enviar ningún aviso, ya que esta obligado a mis cuentas por disposición de LEY, MIS CUENTAS regla regula rebasar los dos millones y no pasar de 4 millones.
Seguimos comentando
En efecto, esa regla regula a los de más de 2 y menos de 4, pero también indica que si en 2013 tuve más de 4 millones DEBE seguir enviando su contabilidad y ahí es donde le complica todo a un contribuyente de menos de 2 millones. Entiendo que la defensa sería que en su momento rebasó los 4 millones, pero desde 2015 en adelante no ha rebasado los 2 millones y por tanto la ley lo exime de envío y lo obliga a uso de Mis Cuentas… Eso entiendo.
YA APLICAS LEY, ya que la regla sigue regulando a los de más de dos millones.
Gracias Maestro!!!!
Buen día y saludos!!!
Espero haber sido claro sobre el punto estimada Areli.
Si totalmente Maestro, mil gracias!!!