Para seguir abonando al tema de CONTABILIDAD.
REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. AL PRACTICARSE, LOS CONTRIBUYENTES ESTÁN OBLIGADOS A EXHIBIR PAPELES DE TRABAJO EXISTENTES COMO DOCUMENTOS DE SU CONTABILIDAD.-
Conforme al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, la contabilidad que deben llevar los contribuyentes se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación, discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros, además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Por tanto, sí es válido para las autoridades fiscales exigir a los contribuyentes los papeles de trabajo, entendidos estos, como los documentos en donde consten la elaboración de las operaciones aritméticas necesarias o el desarrollo del sistema previsto por la ley para el cálculo de una contribución que no se refleja en la declaración, mismos documentos que de existir, los contribuyentes estarían obligados a proporcionar.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 38/15-TSA-4.- Expediente de Origen Núm. 2124/14-03-01-7.- Resuelto por la Tercera Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 12 de mayo de 2015, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: José Manuel Bravo Hernández.- Secretario: Lic. Alejandro Viesca Galván.
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 49. Agosto 2015. p. 478
2 Comentarios
Ojo… «que de existir…»
No perder de vista ese detalle, porque los auditores piden documentos con ciertos formatos y alegan que son papeles de trabajo…. solo que olvidan que si los quieren a su modo, deberán hacerlos ellos, no nosotros!!!
Saludos Maestro!!!
CLARO ARELI, es correcta tu apreciación.