Deseas enterarte de una serie de trámites que ni idea en ocasiones tenemos que se realizan ante el SAT, para ello se cuenta con el ANEXO 1-A en donde encontraremos la diversidad de trámites fiscales.
En la regla 1.8 se señala referencia a dicho anexo, así como el señalamiento de si en el portal del SAT se señalan facilidades en materia de trámites estos serán aplicables.
Interesante el pronunciamiento que se adiciona la regla en el sentido de los anteproyectos de reglas misceláneas y su aplicación de inmediato a su publicación en el portal.
Observemos la regla en comento;
Requisitos de los trámites
1.8. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables.
Cuando en el Portal del SAT o en la página de Internet de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dicho portal y páginadichas páginas para el trámite que corresponda.
Asimismo, el SAT dará a conocer en su portal de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Los beneficios contenidos en dichas reglas, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.
Observen la siguiente liga para dar seguimiento a las reglas misceláneas por parte del SAT CLIC AQUÍ.
Atento a sus comentarios.
Miguel Chamlaty