ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS, no contemplados en CONTABILIDAD pero…

por chamlaty

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   Y esto desde luego debe cambiar ante la CONTABILIDAD ELECTRONICA, y sobre todo ante los supuestos del envió de la CONTABILIDAD.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-1aS-908
ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS, CONSTITUYEN UN MEDIO PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE INGRESOS Y EGRESOS DEL CONTRIBUYENTE.-

De conformidad con el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, durante la práctica de la visita domiciliaria, las autoridades pueden requerir a los contribuyentes la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

En ese contexto, si bien es cierto los estados de cuenta bancarios no se encuentran expresamente contemplados en el artículo en comento; también lo es, que son documentos en los que se hacen constar ingresos, retiros, existencia de valores, comisiones bancarias cobradas, intereses ganados o impuestos retenidos; lo que evidentemente tiene relación con la contabilidad, y por ende constituyen un medio para demostrar la existencia de ingresos y egresos del contribuyente, así como para verificar el debido cumplimiento de las disposiciones tributarias.

Juicio Contencioso Administrativo. Núm. 2408/11-07-02-5/900/13-S1-02-04.-

Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativo., en sesión de 13 de agosto de 2013, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente:  Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.

(Tesis aprobada en sesión de 27 de marzo de 2014)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV.
No. 34. Mayo 2014. p. 338

Recomiendo observen la redacción del artículo 45 de CFF y vinculen con el 28 de CFF, tienen congruencia.

 

Atento a sus comentarios.

 

Miguel Chamlaty

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