CONTABILIDAD y su ofrecimiento.

por chamlaty

 xml

  Como lo he expresado en artículos anteriores las cuestiones sobre CONTABILIDAD se pondrán interesantes para cuando la autoridad ejerza sus facultades ante la forma en que quedo precisado el artículo 28 de CFF, el respectivo artículo 33 de RCFF y la diversidad de reglas misceláneas que regulan cuestiones sobre el tema y sigo preguntando ¿QUE ES MIS CUENTAS?

 

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIV.

VII-CASR-2NE-8

CONTABILIDAD. TRATÁNDOSE DE UNA VISITA DOMICILIARIA, LA ACTORA SE ENCUENTRA OBLIGADA AL OFRECIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS QUE LA COMPONEN.-

Las autoridades fiscales en uso de sus facultades de comprobación pueden efectuar visitas domiciliarias, las cuales se realizarán en el domicilio del contribuyente, motivo  por el cual, si la actora pretende el reconocimiento de un derecho a su favor relacionado con la documentación que integra su contabilidad, ofreciendo para ello el expediente administrativo, tal pretensión resulta infundada si no se advierte que la autoridad haya dispuesto de la documentación que integre la totalidad de la contabilidad del contribuyente visitado; se dice lo anterior, aun y cuando de las actas parciales se haya asentado que el contribuyente proporcionó información a la autoridad, ya que la autoridad procedió a su cotejo en el propio domicilio, sin que exista motivo para presumir que se entregó a la autoridad la contabilidad y que esta obre en el expediente administrativo  del que derive la resolución determinante del crédito fiscal.

En este sentido, no puede exigirse una carga probatoria a la autoridad sobre documentos que no obran dentro del expediente administrativo, tales como la contabilidad de la propia actora.

Juicio Contencioso Administrativo. Núm. 6275/11-06-02-3.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativo., el 13 de noviembre de 2013, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: María Alejandra Rosas Ramírez.- Secretario: Lic. Hugo Armando .

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 662

Atento a sus comentarios.

 

Miguel Chamlaty

www.tienda.actualizandome.com

Te podría interesar

2 Comentarios