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Interesante supuesto ante la suspensión de plazo para concluir la VISITA DOMICILIARIA, recordemos el primer párrafo del artículo 46-A del CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION que señala el famoso plazo genérico de 12 meses IMPRORROGABLE para concluir una VISITA DOMICILIARIA por parte de la autoridad; Las autoridades fiscales deberán concluir la visita que se desarrolle en el domicilio…