Y donde quedo el IETU en declaraciones anteriores a 2014

por chamlaty

    adios

 

    Como bien sabemos el IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA nos dice ADIOS para el 2014 ante su abrogación, ante ello, a partir del pago provisional de ENERO 2014 ya no debemos hacer ninguna determinación de dicho impuesto, pero resulta que en el sistema DECLARACION Y PAGOS, al querer realizar algún pago provisional de 2013 y anteriores ya no aparece por DEFAULT dicha obligación, observemos el siguiente gráfico;

DYPIETU

Resultando que debemos seleccionarlo en “OTRAS OBLIGACIONES” al ya no estar por DEFAULT en el SISTEMA, como podemos observar en el siguiente gráfico:

ietu2

Y  para amarrar ya no la tenemos registrada en el RFC según el siguiente recuadro al darle siguiente a  la declaración respectiva, como indica el siguiente cuadro:

IETU3

Así que atención a este detalle, porque si no ponemos atención nos olvidaremos de declarar el IETU.

Agradezco a MARIO FLORES @MARIOAFV por compartir este detalle por REDES SOCIALES, entre todos nos RETROALIMENTAMOS.

A la orden.

Miguel Chamlaty

www.sfai.mx
www.sfai.chamlaty.com

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10 Comentarios

Julio Adrian Mtz 6 enero, 2014 - 5:15 PM

saludos contador/Lic , Que paso con la actualizacion de obligaciones fiscales en Mi Portal ???

chamlaty 6 enero, 2014 - 10:17 PM

Vacaciones según, pero a tomar una buenas tabletas de paciencia
Saludazos

Miguel Angel González Corona 7 enero, 2014 - 2:28 PM

Estimado Contador Chamlaty, me surje la duda en cuanto a pagar el IETU pendiente de años anteriores o meses anteriores por la siguiente razón: en la ley de Ingresos para el ejercicio 2014 ya no se contempla ningún ingreso por concepto de IETU, por lo cual en mi opinión si el fisco cobra IETU en este año no importando si es de diciembre o periodos anteriores ya no se estaría destinando al gasto publico pues todo lo que se destina a este gasto se debe de establecer en la ley de egresos tomando en cuenta la ley de ingresos y en esta ultima no contempla ningún ingreso por IETU en 2014, de cualquier forma quedo a la espera de su comentario.

chamlaty 8 enero, 2014 - 1:03 AM

Si no mal recuerdo ya hay tesis sobre el tema, y en todo caso si bien hay una ley de ingresos 2014 igualmente hay supuestos de continuidad de un año en otro conrelacion a ingresos pasados por cobrar recuperar ectect,

hay un rubro
Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago.

Pero adelante a plantearlo en algunos supuestos y ver como camina.

ivan 7 enero, 2014 - 11:10 AM

como puedo renovar la fiel caducada tieen 4 meses que de vencio

chamlaty 8 enero, 2014 - 1:13 AM

Me comentannque sigue error en dicho tramite no deja, esperemos se regularicen los servicios del SAT. saludos

José Antonio 7 enero, 2014 - 3:02 PM

Muchas gracias por la aportación estimado Miguel,
y todo es consecuencia de hacer modificaciones
sobre las rodillas.

Un fuerte abrazo.

Isabel 12 enero, 2014 - 9:26 PM

Pero si me aparece que es una «Obligación no registrada» ¿Tendré que hacer un «aumento de obligaciones» y después de presentar Diciembre 2013, hacer una «disminución de obligaciones»?

chamlaty 13 enero, 2014 - 7:31 AM

No tendrás que hacer nada, están ahí para ponerlas cuando las requerimos de manera esporádica, saludos

Isabel 13 enero, 2014 - 10:24 AM

No había querido presentar la declaración mensual por esa duda. Muchas gracias por su respuesta y alcarármela, cp Chamlaty. Saludos…

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