Y vámonos preparando para CFDI-NOMINA

por chamlaty

cfdinomina

Y surge el COMPLEMENTO NOMINA CFDI  para lo que viene por la REFORMA FISCAL 2014 por lo que ya empezaremos a ver más detalles para ir avanzando sobre el tema;

Contenido
Complemento Nomina
1. Estándar del Complemento Nomina
2. Secuencia de Elementos a Integrar en la Cadena Original
3. Uso del Complemento Nomina

Para descargar dicho docto clic AQUI.

Y ruta en página del SAT para más detalles;

Principal fundamento para 2014 de este nuevo supuesto de CFDI NOMINA;

LISR Articulo 99. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capitulo, tendrán las siguientes obligaciones:

III Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capitulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.

Observen el detalle de información que solicita  este timbrado, y queda sobre la mesa aún si será timbrado uno por uno o de manera global, a mi parecer es como agregar conceptos a un comprobante pero ahora será agregar un trabajador a nuestro CFDI NOMINA.

Información del Nodo Nomina
1. Version
2. RegistroPatronal
3. NumEmpleado
4. CURP
5. TipoRegimen
6. NumSeguridadSocial
7. FechaPago
8. FechaInicialPago
9. FechaFinalPago
10. NumDiasPagados
11. Departamento
12. CLABE
13. Banco
14. FechaInicioRelLaboral
15. Antigüedad
16. Puesto
17. TipoContrato
18. TipoJornada
19. PeriodicidadPago
20. SalarioBaseCotApor
21. RiesgoPuesto
22. SalarioDiarioIntegrado

Atento a los comentarios.

Miguel Chamlaty

www.sfai.chamlaty.com

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28 Comentarios

Daniella 20 noviembre, 2013 - 12:24 PM

Es darle a la autoridades un expediente laboral de cada trabajador, para que esta a su vez tenga mas detalles para amarar la información….. definitivamente es una carta abierta a la informalidad todas estas reformas fiscales

DanRiv 20 noviembre, 2013 - 12:34 PM

A partir de que fecha iniciariamos con las nominas en CFDI?

Mary Vicenté 20 noviembre, 2013 - 1:03 PM

Al principio creí que sería uno por trabajador. Pero si se trata de un complemento, es probable que sea uno por nómina, ¿no?.

La pregunta es ¿que le voy a dar a mi trabajador?
No puedo darle toda la nómina.

Habrá que esperar a ver que sacan los proveedores de software contable como Aspel y Contpaq, que manejan estos programas y además son proveedores de CFDI.

brayans 21 noviembre, 2013 - 9:41 AM

bueno a mi parecer es por recibo, ya que esta obligacion releva de hacer la constancia anual por trabajador, entonces, la suma de todos tus recibos cfdi seran tu constancia y más que esperar hay que prepararse, ya que antes lo dejabamos a la anual,

Alberto Martinez (Mtz GA) 21 noviembre, 2013 - 2:40 PM

Pues esta claro no: «Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capitulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente -.» y claro el SAT tendrá toda la información para el cruce si es con diversos patrones:

Imaginase las institución bancarias informaran al SAT, SI tienes cuentas bancarias, de debido o de crédito, asi mismo si envías dinero por Elektra, copel, telégrafos, vas a la casa de empeño, renta de auto, etc todos van a tener tu datos y se vera si tus ingresos percibidos por un patrón o por diversos patrones, con los ingresos de los demás restantes donde dio origen el envio de dinero o de pago, claro que va ver mas control y vigilancia por el SAT sobre todo, saludos

CRISTOBAL 26 noviembre, 2013 - 4:23 PM

BUENAS TARDES CONSIDERAN QUE REALMENTE SI VAYA A ENTRAR EN VIGOR ESTA NUEVA OBLIGACION O DARAN UN TIEMPO DE TRANSICION PARA LA IMPLEMENTACION DE LA MISMA?

Maria Iglesias 27 noviembre, 2013 - 5:12 PM

Ya está publicada ésta Reforma

chamlaty 28 noviembre, 2013 - 6:34 AM

Ya esta LIF y lo demás pendiente aún, quizás mañana. 29 quede si no que venga el regalito navideño

Saludos

Dado 28 noviembre, 2013 - 8:04 AM

Tambien analizabamos en mi foro si este CFDI iba a ser uno por trabajador o se podia incluir toda la plantilla y llegamos a la conclusion que debe ser UNO POR TRABAJADOR.

El detalle es que aunque si puede llevar varios conceptos, varios complemento nomina, varios impuestos y practicamente varios «de todo lo demas» el CFDI solo puede llevar UN SOLO DATO DE RECEPTOR que corresponde por supuesto a los datos de trabajador.

Y esto me lleva a hacerle una pregunta al maestro Chamlaty : Antes de este complemento era obligacion de todos los trabajadores estar inscrito en el RFC? en caso que la respuesta sea NO vuelvo a preguntar, Ahora si deberan estar inscritos?

chamlaty 28 noviembre, 2013 - 1:55 PM

Siempre ha sido obligación ya sea que lo hiciere el patrón o directamente trabajador ante el Sat

JAVIER 6 diciembre, 2013 - 7:34 PM

Que Tal Chamlaty, disculpa ya cuentan con el programa de nómina?
Saludos!!!

chamlaty 7 diciembre, 2013 - 8:27 AM

Para efectos de timbrado ya estaremos dando mayor información en cuando tengamos completa la película que quiere el Sat

Quedo a la orden

Rosalva 11 diciembre, 2013 - 6:43 PM

Con relacion al CFDI de Nominas, uno de los campos requeridos es la clave de régimen, esto a que se refiere, menciona en los requerimientos que se obtenga del catalago del sat, pero es el regimen de la activdad del trabajador o de la empresa?

chamlaty 12 diciembre, 2013 - 3:21 AM
fernando 11 diciembre, 2013 - 11:04 PM

MAESTRO CHAMLATY QUISIERA SABER SI YA CUENTA CON ALGUN PROGRAMA PARA EL TIMBRADO DE RECIBOS DE NOMINA, QUEDO A SUS ORDENES Y ESPERO SU PRONTA RESPUESTA.

Luis Enrique 29 diciembre, 2013 - 11:57 AM

saludos! y en lugar de expedir recibos por semana, podre hacer un unico recibo por mes? es decir al trabajador se le paga igual, pero en lugar de emitir 4 recibos/timbres por mes, puedo emitir solo uno?

chamlaty 29 diciembre, 2013 - 12:04 PM

No le veo inconveniente hacerle uno desde luego

Luis Enrique 29 diciembre, 2013 - 12:27 PM

saludos! y gracias por responder tan rapido! faltaria llevarlo a la practica y haber que pero ponen en el sat si hago este tipo de emision, gracias por el dato =)

Amilcar Sosa 31 diciembre, 2013 - 11:52 AM

Que tal buenos dias. Tengo una duda sobre el atributo CLABE, este viene siendo un no. de cuenta si el pago sera por el banco? o a que se refiere este atributo?

Gracias de antemano

chamlaty 31 diciembre, 2013 - 1:23 PM

asi es la cuenta INTERBANCARIA para hacerle transferencias, si el pago lo harás por dicho medio

Adolfo 31 diciembre, 2013 - 1:58 PM

Que tal.

Mi duda es sobre el SalarioBaseCotApor.

Que información debo poner en ese campo?

Saludos.

chamlaty 31 diciembre, 2013 - 2:11 PM
adolfo 31 diciembre, 2013 - 6:13 PM

Muchas Gracias por la pronta respuesta.

Saludos

anaid saldivar 20 marzo, 2014 - 2:21 PM

hola mi duda (una de tantas es ) que pasa si no entrego el recibo con el cfdi? aparte tmb se debe informar en dicho cfdi lo que paga el patron de cuotas imss retiro ¡¡¡??’ gracias !!

chamlaty 20 marzo, 2014 - 3:16 PM

TE REFIERES AL TRABAJADOR que pasa?? y si en dicho recibo deben ir todo lo que pagues al trabajador y descuentes.

anaid saldivar 20 marzo, 2014 - 4:51 PM

1,. si como no puedo enviar el archivo xml por correo,,, tengo la opcion de darselo impreso ,, que pasa si no hago eso ?

2.- en resumen solo percepciones y deducciones, no las obligaciones como patron ‘??

chamlaty 20 marzo, 2014 - 7:23 PM

No quiero pensar que nos quieran hacer no deducibles por no cumplir conello, o bien no ubiquen en una infracción del 81 con su respectiva multa del 82, ya veriamos en cual se fundamentan

anaid saldivar 21 marzo, 2014 - 11:48 AM

muchas gracias,, aun asi, hay q ir buscando la manera de entregarselos !!! a fin de cuentas mas carga administrativa =(

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