Poco a poco irá tomando su lugar el JUICIO EN LINEA.
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA Tipo de Documento: Precedente
Época: Séptima época Instancia: Segunda Sección
Publicación: No. 23 Junio 2013. Página: 271
CONFLICTO COMPETENCIAL. LA SALA ESPECIALIZADA EN JUICIO EN LÍNEA, ES PLENAMENTE COMPETENTE PARA TRAMITAR Y RESOLVER EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL LOS JUICIOS TRAMITADOS EN ESA VÍA.-
Los artículos 14 y 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, regulan la competencia de este Órgano Jurisdiccional, la cual es conferida en su totalidad a la Sala Especializada en Juicios en Línea, al preverse en el diverso artículo 23, fracción II del Reglamento Interior de este Tribunal, que dicha Sala conocerá de todos los juicios en línea que se promuevan en los supuestos señalados en los artículos primeramente citados, con la única salvedad de las materias que son del conocimiento de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual.
Así que, tratándose de resoluciones emitidas por cualquier dependencia de la Secretaría de Energía, como lo es la Dirección General de Gas L.P., de la Subsecretaría de Hidrocarburos, en los que el particular haya optado por impugnarlas vía juicio en línea, sea plenamente competente material y territorialmente la Sala Especializada de que se trata, para su conocimiento y resolución.
Incidente de Incompetencia por Razón de Materia Núm. 12/157-24-01-03-06-OL/12/2-S2-10-I1.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de enero de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Rosa Guadalupe Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 5 de marzo de 2013)