DyP “Pagos Referenciados” y la obligación de ISR ANUAL SALARIOS Y ASIMILADOS

por chamlaty

    Como bien sabemos los patrones están obligados a retener y enterar el ISR de sus trabajadores, e igualmente en los casos que así lo dispone la ley a determinar   el ISR anual de dichos trabajadores, recordemos el 116 de LISR  en su párrafo cuarto; La diferencia que resulte a cargo del contribuyente en los términos de este artículo…

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9 Comentarios

Haydde 23 abril, 2013 - 3:46 PM

Hola. Y los que hicimos el pago del ajuste anual con junto con las retenciones del mes de febrero. Tenemos ke presentar complementaria?

chamlaty 23 abril, 2013 - 4:21 PM

Mi opinión ya esta pagado, aunque hubiere sido en otra opción

Hugo 24 abril, 2013 - 10:16 AM

Contador y en caso de que a la fecha aun no se haya pagado esa retencion anual se debera enterar con recargos y actualizacion?

chamlaty 24 abril, 2013 - 10:52 AM

Desde luego hay que actualizar y recargar saludos

FER HDZ 13 febrero, 2014 - 10:12 PM

Muchas gracias por la informacion, me fue de gran ayuda el post. La unica duda que me queda es como se debe de realizar el asiento contable, en caso de asimilados por salarios. Cargo a gasto con abono a impuestos por pagar?
Saludos.

chamlaty 14 febrero, 2014 - 2:26 PM

No entendí cargas a gasto asimilado abonas a ISR asimilado y bancos o caja

FER HDZ 14 febrero, 2014 - 5:11 PM

Gracias por su valioso tiempo. Efectivamente cuando se realiza el pago semanal, se hace el asiento contable como usted lo comenta. Pero en el caso de retención por el cálculo anual ¿Es el mismo asiento contable?. Lo que pasa es que lo que tengo que retener es mayor a lo que se le paga semanalmente a la persona.

chamlaty 15 febrero, 2014 - 12:01 AM

Entonces tiene
Una deuda con la empresa cxc con la empresa

FER HDZ 15 febrero, 2014 - 10:00 PM

Muchas gracias por su respuesta.
Saludos.

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