Revisión de Comprobantes; circunstanciación de abierto al público en general

por chamlaty

 
Recuerda este detalle de abierto al público en general… 

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Tipo de Documento: Tesis Aislada Época: Séptima época Instancia: Sala Regional Chiapas Tabasco Publicación: No. 18 Enero 2013. Página: 338

ACTA DE VISITA PARA VERIFICAR LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES. CIRCUNSTANCIACIÓN DEL CERCIORAMIENTO DE QUE EL LUGAR ESTABA ABIERTO AL PÚBLICO EN GENERAL.-

La materialización de la facultad de las autoridades fiscales para practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, con el objeto de verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en materia de expedición de comprobantes fiscales, derivada de los artículos 42, fracción V, y 49, fracciones I y IV, del Código Fiscal de la Federación, entraña que se constituyan en su domicilio fiscal, establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos y semifijos en la vía pública, del contribuyente, siempre que se encuentre abierto al público en general, e involucra el levantamiento de un acta debidamente circunstanciada donde se debe pormenorizar esa situación inclusive así como los medios utilizados para constatarla; de suerte que cuando en el acta respectiva el visitador asienta el hecho de que el negocio visitado se encontraba abierto al público en general y que se percató de ello por estar abierta la puerta de acceso, por donde ingresaba libremente y sin restricción alguna cualquier persona con el ánimo de adquirir los bienes que enajene o los servicios que preste la visitada, se debe tener por satisfecho el requisito de la debida circunstanciación, máxime que no existe condicionante o limitación sobre el modo de razonar ese aspecto, ni disposición legal alguna que establezca un catálogo de formas, maneras o medios de cercioramiento al que deba ceñirse el funcionario actuante.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2341/11-19-01-5-OT.- Resuelto por la Sala Regional Chiapas-Tabasco del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 10 de febrero de 2012, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Luis

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