Y para tener ya regulado estas situaciones de fallas en la página del SAT y así tener claro que habrá prórroga y no se anden con que luego se informa, mejor ya queda plasmado en regla miscelánea 2016 lo siguiente;
Regla 1.6 sexto párrafo,
•Tratándose de trámites o medios de defensa en los cuales el último día del plazo o con fecha determinada el Portal del SAT se encuentra inhabilitado por alguna contingencia, se prorrogará el plazo hasta el día siguiente hábil en que esté disponible el citado medio electrónico.
Esperemos que con esto el SAT sea más ágil en pronunciarse en las prórrogas y evitar pérdidas de tiempo por intentos fallidos esperando.
Atento a sus comentarios.
Miguel Chamlaty
PD 15/02/2016 La página falla para presentar las INFORMATIVAS DIM y no le queda de otra que dar la prórroga;
Lo anterior se oficializa en la 1ra modificación de fecha 1 de abril de 2016.