Como bien saben en la noche del 25 de enero de 2022 el SAT publica el 1er anteproyecto de la 1ra modificación a la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2022 y siendo el 26 de enero de 2022 que empezamos a revisar los detalles de cambios en dicho anteproyecto, y siempre es interesante cuando publican una modificación a una regla para comparar que es lo que le modifican, es el caso de la regla 3.13.11 que aborda el tema de rebasar los 900,000 pesos de ingresos y la exención en materia del sector primario, en donde originalmente habíamos entendido que al rebasarlo deberemos de pagar el impuesto en el mes en que suceda por la cantidad que lo exceda, es decir, en junio 2022 llegó a tener ingresos acumulados a dicho mes de 980,000.00, tendremos que pagar ISR sobre los 80,000.00 pesos de ingresos cobrados, pero nos modifican la regla y empiezan las cantinfleadas, generando controversias, unos confirmando que se pagará sobre la diferencia y otros señalando que la regla expresa que rebasar los 900,000.00 pagaremos ISR por todo el ingreso, olvidando que nos aplica la exención.
Desde luego al publicar esto en twitter se dieron los comentarios encontrados, pero recordemos que dice la LISR sobre el tema, siendo el párrafo noveno del artículo 113-E que expresa;
Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de novecientos mil pesos efectivamente cobrados, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades. En caso de que los referidos ingresos excedan dicho monto, a partir de la declaración mensual correspondiente se deberá pagar el impuesto conforme al Título IV, Capítulo II, Sección IV de esta Ley, en los términos que se determine mediante reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.
¿qué opinan nos están cantinfleando? ¿de rebasar los 900,000 pesos le decimos adiós a la exención?
Veamos las opiniones vertidas en redes por parte de diversos colegas;
Y en nuestro grupo de ponentes de la BARRA ACTUALIZANDOME nuestro colega VICTOR REGALADO señala lo siguiente;
¿Y en preguntas frecuentes qué dice el SAT?
Como ven parece que el criterio de la autoridad es que de rebasarlo pagaremos ISR sobre lo FACTURADO y COBRADO en las famosas tasas del 1 al 2.5%, atención con el hasta 900,000.00
¿qué opinan de la cantinfleada? ¿nos olvidamos de la exención de rebasar los 900,000 de ingresos cobrados?
De por si la complicación del 100% de ingresos de dicho sector que ya provocó que muchos no puedan acceder de la exención y ahora esta situación, veremos en que concluye este tema, atentos.
Agradezco a los colegas que realizaron su aporte y que dejo para la historia en la siguiente publicación.
Atento a sus comentarios, aquí la liga del tweet por si gustan comentar por esa vía.
Miguel Chamlaty