Algo que ya se especulaba el surgimiento de la prórroga en materia de CFDI 3.3., ya empezaron los memes sobre el tema y ni se diga lo que ya van a bajar la guardia y se van de vacaciones, espero no sean ustedes.
Observemos el comunicado, ya surgirán las reglas.
Anuncia SAT facilidades para implementación de nueva factura electrónica
- Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.
- Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017
- La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018
El Servicio de Administración Tributaria ha impulsado el rediseño de procesos para propiciar una interacción más oportuna, automatizada y transparente de los contribuyentes con la autoridad tributaria.
Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.
En ese horizonte de gran alcance, el SAT reitera su convicción de que uno de los aspectos de mayor relevancia de los últimos años es el proceso de modernización de la factura electrónica y reconoce el esfuerzo de todos los sectores para sumarse a éste.
Estas mejoras a la factura, que iniciaron en 2016, se consolidan a partir del trabajo conjunto con asociaciones y agrupaciones empresariales, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación y contribuyentes de todos los sectores de la economía.
Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:
1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.
Estas facilidades, favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura por parte de los contribuyentes, mediante esquemas de convivencia de versiones que permiten una migración gradual, de forma que las empresas puedan alinear sus procesos operativos con los de facturación de manera más natural y sistemática.
Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.
4 Comentarios
Comentario de la compañera areli, que manda por correo por un detalle al cargar comentarios.
Gracias Maestro!!!
Que la versión 3.3 es para facilitar al contribuyente las cosas y que la prórroga es para ayudarle? Ay ajá!!!!
Una inquietud Maestro.
La regla 2.7.1.24 permite hacer el CFDI global poniendo importe y folio de las notas de venta, todo en la descripción. Ésta regla está vigente.
En la guía de llenado indica que por cada nota de venta debo agregar todos los datos por cada una, es decir un concepto por cada nota.
Esto es contradictorio con la regla 2.7.1.24, porque convierte en un arduo trabajo lo establecido por la guía de llenado.
Tengo entendido que ANAFINET presentó el problema ante el SAT y que ni caso hizo.
Me queda claro que la guía no legisla, pero como están las cosas hasta en eso le darán la razón los tribunales al SAT si quiere fastidiar al contribuyente por no llenar la factura conforme a la guía.
Cada vez nos enredan más con tanto requisito.
Espero contar con su punto de vista, Maestro.
Gracias nuevamente y saludos!!!!
con relación a tu duda, tristemente se esta multando por no detallar de manera individual los comprobantes simplificados en el comprobante global y ello es por la interpretación que da la autoridad a la regla en comento.
los casos se siguen litigando en los tribunales e igual prodecon tiene el asunto en su mesa, por eso dicen que están por modificar la regla y tristemente dejarnos más carga estimada.
Si caray, todo un relajo.
Yo tuve hace días una revisión en ese aspecto y pasó sin problemas porque si lo hago conforme a la regla. Con ese contribuyente es relativamente fácil llenar el CFDI global porque se jala de excel folio e importe y rápido se llena en descripción, pero no en todos los casos es así.
Pero como lo marca la guía es prácticamente hacer una factura por cada nota y no le veo el caso de que se considere global si piden e cada nota todos los apartados del cfdi…. 🙁
A ver como queda con el estire y afloje que tiene PRODECON al respecto.
Ojalá adecuaran eso, porque con tanto requisito solo fastidian al contribuyente pues en nada cambia la fiscalización, pues no afecta datos de inventario u otro dato que pudiera servirle al SAT para fiscalizar…
Ganas de molestar, nada más!!!
Saludos!!!
Agradezco tu retroalimentación estimada Areli, nos ayudas a confirmar lo que ya hemos estado observando.
Atento.