Con fecha 30 de diciembre de 2014 se reformó el CODIGO FINANCIERO del Estado de Veracruz, nota que pueden recordar en la siguiente liga clic.
En estas reformas surgieron nuevos dictámenes estatales como el del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje, y con fecha 8 de mayo de 2015 en la GACETA OFICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ se publicaron reglas relativas a dichos dictámenes, que a continuación señalo la regla 28 de dicha publicación que señala quienes son los obligados a dictaminarse ;
Vigésima octava.- Estarán obligados a dictaminarse por CPA, los contribuyentes
del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Aquéllos contribuyentes con Establecimientos, Filiales o Matriz que
individual o en forma conjunta tengan más de 50 habitaciones.
b) Aquéllos contribuyentes que en el Ejercicio Fiscal inmediato sus
Establecimientos, Filiales o la Matriz individual o en forma conjunta hayan
tenido ingresos anuales por la prestación de servicios de hospedaje superior
a los $5´000,000.00
c) Aquéllos contribuyentes que cuenten con más de un Establecimiento o Filialen el Estado.
Los contribuyentes que no se ubiquen en las hipótesis enunciadas en los incisos a), b) y c) de la presente Regla, podrán optar por dictaminar el Impuesto por la Prestación de Servicios por Hospedaje.
Y ante el rechazo generalizado de la industria hotelera a este dictamen,
con fecha 9 de julio de 2015 se ampliaron los plazos tanto de la presentación del aviso para el 1 de diciembre de 2015 y la presentación para el 14 de diciembre del susodicho dictamen del IMPUESTO SOBRE HOSPEDAJE.
Así las cosas con este IMPUESTO SOBRE HOSPEDAJE en el ESTADO DE VERACRUZ, adelante platícame de impuestos estatales en tu ESTADO.
Atento a los comentarios.
Miguel Chamlaty
PD Se supone que vencieron los plazos para presentación de DICTAMENES ESTATALES 2014 el último día de JULIO. Atento a prórrogas.
Para el año 2016 derogan esta obligación ante las controversias y año electoral. Detalles clic