#prorrogasipred #MUNDIALISTA 15 JULIO 2014…

por chamlaty

Se oficializan estas fechas en la 2da RESOLUCION MISCELANEA  DOF 4/07/2014

Al parecer la autoridad conociendo de los detalles  que se han tenido a lo largo del año 2014, ha decidido avisar con  tiempo de la #PRORROGASIPRED. Lo cual es de agradecer que lo haga con esta antelación.

 

prorrogasipred2013

 

Esto con fecha  fechasipred


Esperaremos modificación a la REGLA RESPECTIVA  que al día de hoy esta de la siguiente manera;

Presentación e información del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet

I.2.19.15. Para los efectos de los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, y del Artículo Segundo, fracción I de las Disposiciones Transitorias del Decreto a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes que se encuentren obligados y que no ejercieron la opción prevista en el artículo 7.1., del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa” publicado en el DOF el 30 de marzo de 2012, o que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros, deberán enviar su dictamen fiscal, así como la demás información y documentación a que se refieren los artículos 68 a 82 del Reglamento del CFF, según corresponda, vía Internet a través de la página de Internet del SAT, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético de la clave en el RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.

LETRAS DE LA CLAVE EN EL RFC FECHA DE ENVIO
De la A a la F del 13 al 18 de junio de 2014.
De la G a la O del 19 al 24 de junio de 2014.
De la P a la Z y & del 25 al 30 de junio de 2014.

Cuando los contribuyentes presenten sus dictámenes con posterioridad a las fechas de envío que les correspondan, señaladas en el cuadro anterior, no se considerará que éstos fueron presentados fuera de plazo, siempre que dichos dictámenes se envíen a más tardar el día 30 de junio de 2014.

La fecha de presentación del dictamen, será aquella en la que el SAT reciba correctamente la información correspondiente. Para tales efectos el citado órgano desconcentrado acusará recibo utilizando correo electrónico; por lo anterior, se podrá consultar en la página de Internet del SAT la fecha de envío y recepción del dictamen.

Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar a más tardar el 14 de julio de 2014, el dictamen fiscal, la información y la documentación a que hace referencia el primer párrafo de esta regla.

CFF 32-A, 52, RCFF 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, DECRETO 30/03/2012, 7.1., DECRETO 9/12/2013, Segundo Transitorio

Y para los incrédulos aquí la liga clic en página del SAT. Y si la cambian ya tenemos los pantallazos.
  

Atento a sus comentarios.

Miguel Chamlaty Toledo.

www.sfai.chamlaty.com

 

PD  OTRA IMAGEN EN OTRA LIGA DE LA PAGINA DEL SAT

dictamen20132

 

Ý al parecer no nos la quieren vender como #prorrogasipred pero ahí esta la regla clic de la liga  que se fundamentan en el 32A del REFORMADO CFF.

 

SIPIAD RECUERDEN ESTA EN LA SIGUIENTE  I 2.19.18 :

 

Opción de no presentar el dictamen de estados financieros

I.2.19.18. Los contribuyentes que se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 32-A, fracción I del CFF vigente en 2013, y que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $40’000,000.00, o que el valor de sus activos o número de trabajadores excedan las cantidades a que se refiere la fracción citada y opten por no presentar el dictamen fiscal, lo manifestarán en la declaración normal del ISR del ejercicio 2013; dicha opción se deberá ejercer dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración normal del ejercicio del ISR.

Los contribuyentes que ejerzan la opción establecida en el párrafo anterior, deberán presentar a más tardar el 15 de julio de 2014, vía Internet la información contenida en el Anexo 21 ó 21-A “Información alternativa al dictamen”, debidamente requisitada, conforme al siguiente calendario; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.

LETRAS DE LA CLAVE EN EL RFC

FECHA DE ENVIO

De la A a la F

Del 30 de junio al 3 de julio de 2014.

De la G a la O

Del 4 al 9 de julio de 2014.

De la P a la Z y &

Del 10 al 15 de julio de 2014.

Cuando los contribuyentes presenten la información alternativa con posterioridad a las fechas de envío que les correspondan, según las fechas establecidas en el cuadro anterior, no se considerará que ésta fue presentada fuera de plazo, siempre que dicha información se envíe a más tardar el día 15 de julio de 2014.

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1 comentario

Julian Chi 26 junio, 2014 - 7:44 AM

No es un prórroga como tal, este plazo se encuentra en el artículo 32A tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, y al ser una reforma de procedimiento aplica para este año.

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