CFDI Anticipos y Rendimientos de Sociedades y…

por chamlaty

    asimilados
Sobre el CFDI NOMINA ya hemos estado analizando ampliamente el tema, sin embargo, surgen cuestionamientos sobre si los asimilados a salarios entran en dicha situación de tener que emitir CFDI, para aclarar esta duda debemos observar el 99 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que expresa:

Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo,

Dicho capitulo es el de SALARIOS y desde luego engloba a los asimilados, de ahí viene otro cuestionamiento especifico los RENDIMIENTOS  DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES para lo cual remito al 76 fracción XVIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que indica:

76 XVIII. Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 94 de esta Ley, deberán expedir comprobante fiscal en el que conste el monto de los anticipos y rendimientos distribuidos, así como el impuesto retenido.

El articulo 94 fracción II en efecto se vincula con el asimilado especifico de sociedades y asociaciones civiles, observemos;

II Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles.

  Desde luego que a este tipo de CFDI igualmente le aplica los detalles relacionados con las prórrogas relacionadas con el CFDI NOMINA.

Atento a sus comentarios.

Miguel Chamlaty

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7 Comentarios

gloria lara 23 febrero, 2014 - 7:48 PM

mi muy estimado, tengo una duda un tanto ajena al tema, si las nominas serán timbradas, el timbrado sustituirá la declaración de sueldos y salarios, o aun habrá que hacerla el próximo año??

chamlaty 24 febrero, 2014 - 1:13 PM

Aún durante 3añs gloria acorde a la nueva ley

Esmeralda Llerenas 26 febrero, 2014 - 12:54 PM

Hola contador, mi pregunta es totalmente de otro tema, recien me llego un cliente pf dedicado a la construccion y no tengo conocimiento sobre el tratamiento fiscal de este ramo, tendriasconocimiento de un libro o revista fiscal que hable todo sobre este tema actualizado?, te agradeceria muchisimo pues estoy muy preocupada. Gracias de antemano. Me encanta tu pagina.

Juan paez 25 marzo, 2014 - 6:47 PM

Contador Miguel buen dia. Comparto la siguiente consulta que hice al SAT pues tambien tengo pendiente el saber si cuando se entrega Anticipo de Remanente se debe expedir CFDI.
La respuesta a mi planteamiento fue que no.

Operador: María Padrón
Normal Mensaje
Sistema (10:00) 8250632
Sistema (10:00) Ref:
Sistema (10:00) Ref2:
Sistema (10:00) Nombre:CARLOS
Sistema (10:00) Correo: jc_paez@hotmail.com
Sistema (10:00) Consulta:CFDI
María Padrón (10:00): Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
María Padrón (10:00): Orientación Fiscal, le atiende María Padrón. ¿En qué puedo ayudarle?
Usuario (10:01): Buen dia
Usuario (10:02): El dia de ayer me comunique para exponer una duda pero me indicaron que lo hiciera hoy y pidiera ser atendido por un asesor especializado
Usuario (10:02): Me podria ayudar para realizar mi consulta
María Padrón (10:04): Continúo atendiéndole.
Usuario (10:04): si gracias
María Padrón (10:04): ¿Podría por favor brindarme mayor información respecto de su consulta?
Usuario (10:05): Si correcto le explico
Usuario (10:05): Bueno le comento que represento a una sociedad la cual entrega a sus socios anticipo de remanente a cuenta del impuesto anual
Usuario (10:06): y tengo la duda si debe expedir CFDI y en que rubro de las percepciones anotar.
Usuario (10:08): corrijo. Se entrega anticipo de remanente a cuenta del rendimiento anual.
María Padrón (10:09): Continúo atendiéndole.
Usuario (10:09): si gracias
María Padrón (10:13): ¿Me puede permitir un momento en línea por favor para analizar su consulta?
Usuario (10:14): si gracias
María Padrón (10:16): Gracias por esperar, le sigo atendiendo ¿Puede permitirme un momento más por favor?
Usuario (10:16): si gracias
María Padrón (10:18): Gracia s por esperar, le sigo atendiendo ¿Puede permitirme un momento más por favor?
Usuario (10:19): si claro
María Padrón (10:21): Gracias por la espera en línea.
María Padrón (10:22): ¿Existe además de ser socio o accionista, alguna relación contractual?
Usuario (10:23): No
María Padrón (10:24): Entiendo, en este caso, no se emitirá CFDI, respecto de las percepciones y retenciones se proporcionará la constancia de retenciones que se ha venido entregando.
María Padrón (10:25): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (10:26): Bueno le comento que por desconocimiento envie el documento de prorroga para emicion de CFDI. Entiendo en ese caso que hago como si no lo hubiera enviado.
Usuario (10:27): pues no existe relacion contractual
Usuario (10:27): de hecho aun no recibo respuesta del sat
María Padrón (10:27): Le atiendo.
Usuario (10:28): pues envie el documento hace menos de una semana
María Padrón (10:30): Entiendo, al respecto en virtud de que no se cuenta con la obligación de emitir CFDI por las retenciones que realice, no surtirá efectos.
María Padrón (10:31): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (10:32): Seria tan amable de proporc¡onarme fundamento respecto de la no emision de CFDI en el caso anteriormente expuesto
María Padrón (10:34): Le atiendo.
Usuario (10:34): si gracias
María Padrón (10:35): En virtud de no encontrarse publicado complemento alguno a fin de emitir CFDI como constancia de retenciones.
María Padrón (10:36): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (10:36): no
María Padrón (10:36): El SAT le agradece utilizar nuestros servicios , le atendió María Padrón, que tenga buen día.

chamlaty 25 marzo, 2014 - 6:53 PM

TE refieres a una SC de sus rendimientos como asimilado cierto, quizás se confundieron y pensaron que era sobre dividendos, y desde luego que deben timbrarse, quedo a la orden

Juan paez 26 marzo, 2014 - 10:30 AM

Buen dia Contador. Gracias por su opinion.
En mi caso es una Sociedad Cooperativa de Produccion.
Entiendo que debe timbrarse la entrega de los anticipos.
Dentro del Catalogo de percepciones no aparece el concepto de «Anticipo de Remanente»
pero existe el concepto «otros» ¿debo sustituir el concepto?

Al socio se le entrega el «Anticipo de Remanente»
Pero el documento que emite sofware del timbrado dice «Datos del Empleado»

Con esos cambios hago mis timbrados? Sera correcto??

chamlaty 26 marzo, 2014 - 1:31 PM

ES CORRECTO Y A TUS SOCIOS DEBES DARLE EL REGIMEN DE CONTRATACION ASIMILADO ACORDE A ELLO.

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