Prorrogado CONTABILIDAD MENSUAL por el PORTAL DEL @SATMX

por chamlaty

 

papelescontapc

Recordemos que por REFORMA FISCAL 2014 al CODIGO FISCAL en el 28 se señala lo siguiente en las fracciones III Y IV que expresan:

III  Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente

IV Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.

Y en transitorios de la RESOLUCION MISCELANEA 2014 se expresa lo siguiente;

 

Cuadragésimo Tercero.

Lo dispuesto en el artículo 28, fracciones III y IV del CFF, se cumplirá a partir del 1 de julio de 2014.

Te podría interesar

7 Comentarios

jose 26 diciembre, 2013 - 2:56 PM

Muy agresivo este articulo relativo a esta reforma
mas bien parece terrorismo fiscal
saludos

Ángel Eduardo Sanchez 26 diciembre, 2013 - 4:20 PM

Buen día Contador, el llevar la contabilidad por medios Electrónicos según la fracción III, no especifica programa o software alguno, lo que da pie a que sea valido en Excel hasta cualquier software comercial, lo que también surge otra duda, ¿el primero de Julio se tendría que ingresar la información de Enero a Junio? o ¿con la información del ultimo bimestre inmediato anterior a Julio?.
«Las Reglas salen para resarcir la incertidumbre y dan pie a mas»
Saludos y Felices Fiestas

chamlaty 26 diciembre, 2013 - 6:51 PM

COMO BIEN DICES, en reglas nos dirán como hacer ello de mientras incertidumbre, te gusta una carga bacth de la contabilidad??

Ángel Eduardo Sánchez 27 diciembre, 2013 - 12:12 PM

Seria mas practico hacer con Excel para una carga bacth, sin Invertir en programa comercial, pero tendríamos que esperar como lo planea hacer el SAT o que «inovación» se les ocurre.
Gracias por responder, saludos.

Gerardo 26 diciembre, 2013 - 4:30 PM

Maestro, como estará la cuestión para el regimen de Arrendamiento, por favor si pudiese ayudarme con ello. Gracias

chamlaty 26 diciembre, 2013 - 5:00 PM

En qué sentido, prácticamente sigue igual sólo surge lo de los 10 salarios
Mínimos y su pago provisional

sergio andres 27 diciembre, 2013 - 1:30 PM

la regla I.2.8.2. dice en el ultimo párrafo:Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.

revisando esa regla II.2.8.2 señala sobre la correccion de situacion fiscal a traves del pago a plazos

no le encuentro ninguna relacion entre estas reglas, alguien me lo podria aclarar?

Leave a Comment