El cantinfleo de las REGLAS MISCELANEAS; COMPROBANTE con CÓDIGO DE BARRAS (CBB)

por chamlaty

CANTINFLEAR

  Se publica la 4ta modificación de la RM 2013 (12/11/2013) y dentro del quinto numeral de dichas modificaciones nos entramos la siguiente joya de las reglas misceláneas;

Asimismo, el Artículo Décimo Cuarto Transitorio, primer párrafo de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013, publicada en el DOF el 31 de mayo de 2013, dice:

Décimo Cuarto. Los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de la cantidad de $250,000.00 establecida por el SAT en la regla I.2.8.1.1. de la presente Resolución.

…………………………………

Debe decir:

Décimo Cuarto. Los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad y que sus ingresos acumulables para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior hayan excedido de la cantidad de $250,000.00 establecida por el SAT en la regla I.2.8.1.1., no podrán utilizar dichos comprobantes, no obstante que los folios sigan vigentes.

Y claro recuerden la parte final de esta regla;

Cuando los contribuyentes que hubieren perdido el derecho para aplicar la facilidad prevista en la regla I.2.8.1.1., emitan comprobantes fiscales con dispositivo de seguridad, éstos no serán válidos para deducir o acreditar fiscalmente.

Es un hecho que ya habíamos comentado anteriormente el CBB se cierra su tramitación de folios a partir del 2013, y seguramente surgirá como una facilidad, sin fundamento en CFF, y claro aunado que pretenden castigar el receptor con la no deducibilidad ni acreditamiento en lugar del emisor, porque reitero no existe sanción al emisor y por ende la recomendación que se esta dando, es no aceptar CBB a partir del 2014, por este detalle.

Pero señores faltan las reglas miscelaneas 2014 que estaran bastante cargadas con todo lo que tenemos de REFORMAS FISCALES 2014.

Atento  a sus comentarios.

Miguel Chamlaty

SANTA FE ASSOCIATES

www.sfai.mx

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1 comentario

Martín 13 noviembre, 2013 - 9:43 PM

Es correcta su observación. Nadie va a querer aceptar comprobantes fiscales con CBB a partir del 2014. Saludos Lic.

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