RECHAZADO IVA al ORO, JOYERÍA, ORFEBRERÍA, PIEZAS ARTÍSTICAS U ORNAMENTALES Y LINGOTES.

por chamlaty

ARTICULO PUBLICADO  ORIGINALMENTE  8/09/2013 PAQUETE ECONOMICO
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Se propone eliminar el tratamiento de tasa del 0% que prevé la ley en la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general, ya que se considera que la adquisición de estos bienes, aun cuando sea en las etapas previas al consumidor final, debe estar afecta al pago del impuesto como cualquier otra enajenación.

Además, estas operaciones reflejan capacidad contributiva de las personas que los adquieren y, en consecuencia, se trata de manifestaciones de riqueza que deben ser gravadas.

Cabe mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 194/2005 del 19 de mayo de 2006, sustentada por los Tribunales Colegiados Tercero, Cuarto y Décimo Tercero, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito, determinó que la finalidad de la tasa del 0% es evitar que se afecte el poder adquisitivo de la población menos favorecida y reducir el impacto de los precios entre el gran público consumidor.

Por lo anterior, se propone derogar el inciso h) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

ACTUALIZACION 17/10/2013 RECHAZADO POR DIPUTADOS.

La Comisión que dictamina no considera apropiado eliminar el tratamiento de tasa del 0% que se prevé en la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general, ya que se estima que la eliminación de dicho tratamiento impactaría de manera negativa a la industria joyera nacional.

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