La pregunta del momento puedo seguir usando comprobantes de Código de Barras Bidimensional, siendo que ya rebase en este mes de mayo 2013 los ahora famosos $250,000 de ingresos? y la respuesta es SI.
Ya que el DECIMO TERCERO TRANSITORIO de la Segunda Modificación a la Resolución Miscelánea señalo con relación a la regla que maneja quienes pueden hacer uso de comprobantes CBB la I 2.8.8.1 que podremos seguir aplicándolo hasta el 31 de diciembre 2013.
Décimo |
Lo dispuesto en las reglas I.2.7.1.5.; segundo párrafo; I.2.8.1.1.; I.2.8.3.1.6., segundo párrafo; I.2.8.3.1.11.; I.2.8.3.1.12.; I.2.8.3.1.13.; I.2.8.3.1.14.; I.2.8.3.1.16.; I.2.8.3.1.17.; la Subsección I.2.8.3.3., que comprende las reglas I.2.8.3.3.1. y I.2.8.3.3.2.; la regla I.2.9.2., primer párrafo; la Sección II.2.6.2., que comprende las reglas II.2.6.2.1. a la II.2.6.2.6.; el Capítulo II.2.7., que comprende las reglas II.2.7.1. a la II.2.7.6.; la regla II.3.2.1.1., fracción III y las fichas de trámite 111/CFF, 112/CFF, 114/CFF, 119/CFF, 121/CFF, 122/CFF y 123/CFF contenidas en el Anexo 1-A, así como el Anexo 20, fracción I vigentes hasta la entrada en vigor de la presente Resolución, podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2013. Los contribuyentes que emiten CFD, podrán aplicar lo dispuesto en la regla I.2.7.1.15., hasta el 31 de diciembre de 2013. |
Opiniones ante el ADIOS DEL CBB. Ya que al parecer el último día para solicitar folios será el 31 de diciembre de 2013 y sujeto a que no rebasemos los $250,000.00, veremos que dicen las REFORMAS AL CODIGO FISCAL para el 2014.
Miguel Chamlaty