R.M.F. 2011 habrá que estudiarla…

por chamlaty

Se publica la Resolución Miscelánea 2011, 1/07/2011, reiterando que esta abroga la anterior y que actualmente ya no cuentan con una vigencia preestablecida.

  Así que  empieza su análisis y localizar cambios de relevancia con relación a la anterior, aquí un ejemplo de un cambio, que considero se tardaron en implementar con el famoso IETU con el fin de evitar los  cientos de miles por no decir millones de avisos de compensación por IETU-ISR.

Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar

I.4.3.1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.

Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución. Asimismo, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.

LIETU 8, RMF 2011 II.2.2.6.

Y bien ya esta circulando el análisis de la permanencia del IETU en nuestro sistema fiscal de la SHCP.

Y sigan a los #cptwitter  en sus aportaciones interesante que surgirán con esta RMF.

Un ejemplo:

 

ScreenHunter_03 Jul. 01 11.54

 

ScreenHunter_02 Jul. 01 11.47

ScreenHunter_01 Jul. 01 11.45

 cfdimpreso

 

rmf2011

             Y ya me andan correteando…

ScreenHunter_04 Jul. 01 11.55

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6 Comentarios

Israel Castro 3 julio, 2011 - 10:13 PM

Jejeje.. me uno a la lista
En espera de los comentarios del buen @chamlaty jejeje (pa’ no leer tanto) 😛

Marcelino 5 julio, 2011 - 11:40 AM

Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar

Miguel, este acreditamiento, si bien no me equivoco tiene como base, el famoso decreto que publico el SAT el 6 de Mayo de 2009 por lo de la contingencia sanitaria el famoso virus de la influenza… en aquella ocasion dieron la posibilidad de aplicar el exceso de pagos de IETU contra el ISR por pagar. saludos

admin 5 julio, 2011 - 12:29 PM

Saludos aquel era entre propios pagos este estaba en Rm pero con el aviso ahora nos eliminan dicho aviso
Quedo atento

CHAMLATY.COM » Donde plarmar lo de la compensación de pps de IETU contra ISR del ejercicio en la anual? 15 marzo, 2012 - 6:06 PM

[…] anuales y empiezan a surgir las dudas, y una es precisamente con el IETU derivado de una regla miscelánea que surgió en la RM 2011 del 1 de julio de 2011, y que es la siguiente ya en la RM […]

Veronica 8 agosto, 2012 - 3:12 PM

mi duda es tengo saldo a favor de ietu que me quedo en la dec anual 2011 y lo compense con contra isr tengo obligacion de presentar el aviso de compensacion

chamlaty 8 agosto, 2012 - 7:43 PM

En ese supuesto si por que no fue manifestado en DyP saludos

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