Donatarias a presentar su informe de transparencia en mayo 2019, no se les olvide.

por chamlaty

Nos encontramos en mayo 2019 y es necesario recordar una obligación sumamente importante para las donatarias autorizadas, me refiero al INFORME DE TRANSPARENCIA que desde el año pasado se presenta en mayo, en lugar de agosto septiembre como era en años anteriores, en el 2018 cerrando el portar en junio al concluir la fecha, sin embargo, sin anuncio de por medio, posteriormente permitieron enviar  durante unas semanas derivado de los informes de transparencia alrededor de los donativos por sismos, de ello nos enteramos por alguno que otros despistado que no los realizo en tiempo y que por fortuna les fueron aceptados y no tuvo ningún problema con su registro.

Como recordatorio comparto la ficha de trámite 19/ISR  del anexo 1A 2019 publicado el 29 de abril de 2019;

 

19/ISR      Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación
¿Quiénes lo presentan?

a)        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.

b)        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que presenten aviso de liquidación o cambio de residencia conforme a la regla 3.10.22.

c)        Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos a los que se les haya revocado o no se les haya renovado la autorización por el incumplimiento de la obligación de poner a disposición del público en general la información relativa al uso o destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación;

d)        Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos que la vigencia de su autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley de ISR, haya concluido y no se haya obtenido nuevamente o renovado dentro del plazo de doce meses.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT, en el programa electrónico “Transparencia de las Donatarias Autorizadas”

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

·              Los contribuyentes citados en el inciso a), en el mes de mayo de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.

·              Los contribuyentes mencionados en el inciso b) conforme al plazo señalado para la presentación del aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo y de cancelación en el RFC por cese total de operaciones a que se refieren las fracciones XIV y XV de la regla 2.5.16. de la RMF, respectivamente.

·              Los contribuyentes señalados en el inciso c), previamente a la solicitud de nueva autorización señalada en la regla 3.10.13. de la RMF.

·              Los contribuyentes referidos en el inciso d), dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que hayan transcurrido los seis meses que se tienen para la transmisión de los donativos que no fueron destinados para sus fines.

Requisitos:

En el programa electrónico, se deberá especificar:

–          Fecha de la Autorización

Patrimonio:

–          Activo Circulante

–          Activo Fijo

–          Activo Diferido

Totales:

–          Activo

–          Pasivo

–          Capital

Ingresos del Ejercicio:

–          Donativos recibidos en especie

–          Donativos recibidos en efectivo

–          Tipo de donante

–          Monto total de los donativos recibidos en efectivo

–          Otro tipo de ingresos: concepto y monto

Estado de Egresos:

–          Monto total de la plantilla laboral

–          Monto total de percepciones netas del Consejo de Administración o Directivos análogos

–          Monto total

–          Gastos de Administración

–          Gastos de Operación

–          Gastos de Representación

–          Montos destinados y conceptos, ejercidos en el desarrollo directo de su actividad

–          Monto total

–          Donativos otorgados y beneficiarios

–          Monto total de los donativos otorgados

Actividades:

–          Sector beneficiado

–          Actividad

–          Número de beneficiarios

–          Entidad Federativa

–          Municipios

 

Información relativa a actividades destinadas a influir en la legislación (sólo en caso de que la Organización civil o fideicomiso autorizado las realice):

a)        Señalar la materia objeto de estudio.

b)        Señalar la legislación que se pretende promover.

c)        Señalar los legisladores con quienes se realice las actividades de promoción.

d)        Especificar el sector social, industrial o rama de la actividad económica que se beneficiaría con la propuesta.

e)        Mencionar los materiales, datos o información que aporten a los órganos legislativos, claramente identificables en cuanto a su origen y autoría.

f)         Señalar las conclusiones.

g)        Informar acerca de cualquier otra información relacionada que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general (cuando aplique).

Estados Financieros:

–          Señalar si dictamina estados financieros y en su caso nombre y número de registro del contador público inscrito que dictaminó el estado financiero del ejercicio, así como su teléfono.

–          Señalar si autoriza solicitar información al contador público inscrito.

–          Aceptación del contrato de registro de información.

–          Nombre de la persona responsable de la captura de la información.

La información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

Condiciones:

·              Contar con e.firma

·              Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7; Explorador: Internet Explorer 8; Sitio de descarga: Sitio WEB.

Información adicional:

No aplica.

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 82 Ley del ISR; 36, 134 Reglamento de la Ley del ISR; Reglas 2.5.16., 3.10.2., 3.10.10., 3.10.11., 3.10.13., 3.10.15., 3.10.22. 3.10.23., 3.10.27., Vigésimo Tercero Transitorio RMF.

En conjunto con la de transparencia deberemos enviar la informativa 5ta  derivado de los donativos por los sismos de 2017, acorde a la ficha 128/ISR;

128/ISR        Informes de transparencia relacionados con donativos recibidos por los sismos ocurridos en México durante el mes de septiembre de 2017
¿Quiénes lo presentan?

Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que recibieron donativos con motivo de los sismos ocurridos en México en el mes de septiembre de 2017.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT, a través de la presentación de un caso de aclaración.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar en los siguientes plazos:

Primer informe a más tardar el 31 de octubre de 2017.

Segundo informe a más tardar el 31 de diciembre de 2017.

Tercer informe a más tardar al presentar el Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, conforme a la ficha de trámite 19/ISR “Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”.

Cuarto informe a más tardar el 30 de noviembre de 2018.

Quinto informe a más tardar el 31 de mayo de 2019.

 

Requisitos:

La Información relativa a los donativos recibidos con motivos de los sismos ocurridos en México en el mes de septiembre de 2017 será proporcionada y procesada de acuerdo al formato Excel que se encuentra para su descarga en el citado Portal, en donde se detalla:

1.- Tipo de donativo

a)           Especie.

b)           Efectivo.

2.- Donante

a)           Nacional.

b)           Extranjero

3.- Monto de donativo

a)           Efectivo.

b)           Especie, en este caso incluir la descripción del bien o bienes.

4.-Nombre o denominación del donante en caso de que el monto del donativo sea superior a $117,229.20 (Ciento diecisiete mil doscientos veintinueve pesos 20/100 M.N.), y se cuente con la aceptación del donante en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

5.-Destino, uso específico o manifestación de que el destino está pendiente (para lo cual podrá adjuntar adicionalmente fotografías, estadísticas o cualquier otra evidencia que considere conveniente para documentar y soportar dicho destino).

6.- Zonas y en su caso nombre del (o los) beneficiario(s) de los donativos recibidos.

Condiciones:

Contar con e.firma o Contraseña.

Información adicional:

Para el correcto funcionamiento del formato Excel, se debe considerar las siguientes características:

·              Funciona a partir de la versión Excel 2007.

·              Previo a la captura, se debe verificar que la fecha y hora del equipo este correctamente ajustados.

·              La configuración regional, de idioma y formatos de moneda debe hacer referencia a “Español México”.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 81, fracción XLIV; 82, fracción XXXVI CFF; 82, fracción VI Ley del ISR; 36, 140 Reglamento de la Ley del ISR; Regla 3.10.11. RMF.

Como siempre cuiden tener sus firmas electrónicas vigentes y  recuerden paciencia con el sistemita que pide un java de la época de las cavernas.

 Aquí la liga que remite a la presentación; https://www.sat.gob.mx/tramites/70109/presenta-la-obligacion-de-transparencia-de-las-donatarias-autorizadas

 

  Atento a sus comentarios.

 

Miguel Chamlaty

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